B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241219-3)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se anuncia la apertura de un nuevo plazo de acreditación de los méritos alegados por las personas participantes en la autobaremación formulada en sus solicitudes en el proceso selectivo para el acceso a plazas de la categoría profesional de Conductor (Grupo III, Nivel 5, Área B), de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 302
2. Requerir, en virtud de lo establecido en el apartado 2.3.3 de la base octava de la
citada Orden 2723/2022, de 24 de noviembre, a las personas aspirantes de la lista definitiva de admitidos comprendidas entre los números 7 a 45 (ambos inclusive), la acreditación
de los méritos alegados en la autobaremación formulada en sus solicitudes de participación,
no pudiendo tenerse en consideración méritos alegados o acreditados con posterioridad a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes fijado ni durante el plazo del requerimiento establecido en esta resolución.
Segundo
BOCM-20241219-3
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social
de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el
artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En Madri,d a 16 de diciembre de 2024.—La Directora General de Función Pública,
P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.
(03/20.936/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 302
2. Requerir, en virtud de lo establecido en el apartado 2.3.3 de la base octava de la
citada Orden 2723/2022, de 24 de noviembre, a las personas aspirantes de la lista definitiva de admitidos comprendidas entre los números 7 a 45 (ambos inclusive), la acreditación
de los méritos alegados en la autobaremación formulada en sus solicitudes de participación,
no pudiendo tenerse en consideración méritos alegados o acreditados con posterioridad a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes fijado ni durante el plazo del requerimiento establecido en esta resolución.
Segundo
BOCM-20241219-3
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social
de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el
artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En Madri,d a 16 de diciembre de 2024.—La Directora General de Función Pública,
P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.
(03/20.936/24)
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