B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241218-2)
Retribución funcionarios docentes –  Orden de 4 de diciembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de corrección de errores de la Orden de 21 de noviembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2022 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios, por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial dedicación al centro
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 301

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 25

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
2

ORDEN de 4 de diciembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, de corrección de errores de la Orden de 21 de noviembre de 2024, de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2022 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios, por la
participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y
que impliquen especial dedicación al centro.

Advertido error en la Orden de 21 de noviembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2022 de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se establecen criterios objetivos
para la asignación de productividad a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios, por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y
que impliquen especial dedicación al centro, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 284, de 28 de noviembre de 2024, se hace necesaria su corrección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, esta Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 53.5 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONE
Proceder a la corrección de la citada Orden, en los siguientes términos:
En el Artículo Único, punto tres, donde dice:
“Tres. Se adiciona al apartado tercero del Anexo “Programas que implican especial
dedicación al centro” un nuevo epígrafe, letra L), que quedará redactado en los siguientes
términos:
L. Programa Brújula_ Coordinador de Estrategias Académico-Profesionales:”.
Debe decir:
“Tres. Se adiciona al apartado segundo del Anexo “Programas de innovación educativa” un nuevo epígrafe, letra J), que quedara redactado en los siguientes términos:
J. Programa Brújula_ Coordinador de Estrategias Académico-Profesionales:”.
Madrid, a 4 de diciembre de 2024.
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR

BOCM-20241218-2

(03/20.156/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791