B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241218-6)
Puesto libre designación – Orden de 5 de diciembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 8 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de octubre), para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 301
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 41
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
6
ORDEN de 5 de diciembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 8 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de octubre), para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería
por el procedimiento de Libre Designación.
Por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de 8 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de octubre), se aprobó convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para
provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril) y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta formulada por la unidad responsable y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, verificado que los candidatos propuestos cumplen los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, en
virtud de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la
Función Pública de la Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudican los puestos de trabajo convocados a los funcionarios que figuran en el Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión de los nuevos destinos obtenidos serán de tres días.
Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que
el cese haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa aplicable.
Tercero
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
BOCM-20241218-6
Plazo de toma de posesión
B.O.C.M. Núm. 301
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 41
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
6
ORDEN de 5 de diciembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 8 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de octubre), para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería
por el procedimiento de Libre Designación.
Por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de 8 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de octubre), se aprobó convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para
provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril) y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta formulada por la unidad responsable y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, verificado que los candidatos propuestos cumplen los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, en
virtud de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la
Función Pública de la Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se adjudican los puestos de trabajo convocados a los funcionarios que figuran en el Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión de los nuevos destinos obtenidos serán de tres días.
Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que
el cese haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa aplicable.
Tercero
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
BOCM-20241218-6
Plazo de toma de posesión