Prádena del Rincón (BOCM-20241217-95)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 216
MARTES 17 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 300
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
95
PRÁDENA DEL RINCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Aprobado definitivamente por el pleno del Ayuntamiento, en su sesión de 10 de octubre de 2024, el expediente de modificación de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2025,
de conformidad con lo estableció en el artículo 17 de Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se
procede a su publicación,
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURAS
Artículo 6. Cuota tributaria.
TARIFA
TARIFA 1
TARIFA 2
TARIFA 3
TARIFA 4
TARIFA 5
CONCEPTO
VIVIENDAS
TASA
54,60 €
CASA RURALES
CAPACIDAD DE 2 A 4 pax
45,50 €
CAPACIDAD DE 5 A 7 pax
72,80 €
CAPACIDAD DE 8 A 10 pax
109,20 €
CAPACIDAD DE 11 A 14 pax
145,60 €
CAPACIDAD DE 15 A 20 pax
182,00 €
CAPACIDAD DE 21 A 25 pax
227,50 €
LOCALES COMERCIALES
DE HASTA 400 M2
91,00 €
DE MAS DE 400 M2
70,00 €
BARES/ RESTAURANTES
LOCALES DE HASTA 100 M2
182,00 €
LOCALES DE 100 M2 A 200 M2
273,00 €
ALMACENES
ALMACENES
12,00 €
BOCM-20241217-95
Prádena del Rincón, a 2 de diciembre de 2024.—La alcaldesa, María Sonia García.
(03/20.168/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 300
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
95
PRÁDENA DEL RINCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Aprobado definitivamente por el pleno del Ayuntamiento, en su sesión de 10 de octubre de 2024, el expediente de modificación de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2025,
de conformidad con lo estableció en el artículo 17 de Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se
procede a su publicación,
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURAS
Artículo 6. Cuota tributaria.
TARIFA
TARIFA 1
TARIFA 2
TARIFA 3
TARIFA 4
TARIFA 5
CONCEPTO
VIVIENDAS
TASA
54,60 €
CASA RURALES
CAPACIDAD DE 2 A 4 pax
45,50 €
CAPACIDAD DE 5 A 7 pax
72,80 €
CAPACIDAD DE 8 A 10 pax
109,20 €
CAPACIDAD DE 11 A 14 pax
145,60 €
CAPACIDAD DE 15 A 20 pax
182,00 €
CAPACIDAD DE 21 A 25 pax
227,50 €
LOCALES COMERCIALES
DE HASTA 400 M2
91,00 €
DE MAS DE 400 M2
70,00 €
BARES/ RESTAURANTES
LOCALES DE HASTA 100 M2
182,00 €
LOCALES DE 100 M2 A 200 M2
273,00 €
ALMACENES
ALMACENES
12,00 €
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Prádena del Rincón, a 2 de diciembre de 2024.—La alcaldesa, María Sonia García.
(03/20.168/24)
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ISSN 1989-4791