Móstoles (BOCM-20241217-88)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 209
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241217-88
Aprobados definitivamente, una vez que han permanecido expuestos al público por un
plazo de quince días hábiles (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 278 de 21 de noviembre de 2024) los expedientes de modificación presupuestaria, modalidad
crédito extraordinario y suplemento de crédito H004/DGP/2024-15 y H004/DGP/2024-17, sin
que contra los mismos se hayan presentado reclamaciones, se hace público a los efectos recogidos por los artículos 169 y 177 del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas locales.
Expediente de crédito modificación presupuestaria número H004/DGP/2024-15, con
el siguiente resumen por la naturaleza de la modificación:
— Importe al que asciende el suplemento de crédito: 7.214.948,99 euros.
— Importe total de la modificación: 7.214.948,99euros.
Expediente de crédito modificación presupuestaria número H004/DGP/2024-17, con
el siguiente resumen por la naturaleza de la modificación:
— Importe al que asciende el crédito extraordinario: 1.718.512,93 euros.
— Importe al que asciende el suplemento de crédito: 271.862,55 euros.
— Importe total de la modificación: 2.053.375,48 euros.
Contra la aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de publicación de este anuncio en el
Boletín Oficial de la Comunidad de la Madrid, por las personas y entidades a que hace referencia el artículo 171 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en
derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
En Móstoles, a 16 de diciembre de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda, Presidencia y Recursos Humanos, Alberto Rodríguez de Rivera Morón.
(03/20.755/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 300
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MARTES 17 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 209
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241217-88
Aprobados definitivamente, una vez que han permanecido expuestos al público por un
plazo de quince días hábiles (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 278 de 21 de noviembre de 2024) los expedientes de modificación presupuestaria, modalidad
crédito extraordinario y suplemento de crédito H004/DGP/2024-15 y H004/DGP/2024-17, sin
que contra los mismos se hayan presentado reclamaciones, se hace público a los efectos recogidos por los artículos 169 y 177 del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas locales.
Expediente de crédito modificación presupuestaria número H004/DGP/2024-15, con
el siguiente resumen por la naturaleza de la modificación:
— Importe al que asciende el suplemento de crédito: 7.214.948,99 euros.
— Importe total de la modificación: 7.214.948,99euros.
Expediente de crédito modificación presupuestaria número H004/DGP/2024-17, con
el siguiente resumen por la naturaleza de la modificación:
— Importe al que asciende el crédito extraordinario: 1.718.512,93 euros.
— Importe al que asciende el suplemento de crédito: 271.862,55 euros.
— Importe total de la modificación: 2.053.375,48 euros.
Contra la aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de publicación de este anuncio en el
Boletín Oficial de la Comunidad de la Madrid, por las personas y entidades a que hace referencia el artículo 171 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en
derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
En Móstoles, a 16 de diciembre de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda, Presidencia y Recursos Humanos, Alberto Rodríguez de Rivera Morón.
(03/20.755/24)
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ISSN 1989-4791