Madrid (BOCM-20241216-60)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Estudio detalle
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BOCM
Pág. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 299
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
BOCM-20241216-60
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de noviembre
de 2024, expediente 135-2024-00126, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle para la parcela de propiedad
municipal situada en la calle de Augusto Figueroa, número 45, distrito de Centro, de iniciativa pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 61.5 y 62.2 de la
citada Ley.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la
Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido
remitido un ejemplar del Plan Especial al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la
Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Madrid, a 4 de diciembre de 2024.—El director general de Planeamiento, Javier Hernández Morales.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(03/20.102/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 234
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LUNES 16 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 299
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
BOCM-20241216-60
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de noviembre
de 2024, expediente 135-2024-00126, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle para la parcela de propiedad
municipal situada en la calle de Augusto Figueroa, número 45, distrito de Centro, de iniciativa pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 61.5 y 62.2 de la
citada Ley.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la
Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido
remitido un ejemplar del Plan Especial al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la
Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Madrid, a 4 de diciembre de 2024.—El director general de Planeamiento, Javier Hernández Morales.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(03/20.102/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791