Torres de la Alameda (BOCM-20241216-108)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 314
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 299
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
108
TORRES DE LA ALAMEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torres de la
Alameda de 5 de diciembre de 2024, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de subvenciones, para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de
uso predominante residencial para vivienda, previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y
en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en el entorno residencial de rehabilitación
programada de “Casco Urbano. Fase I” en el término municipal de Torres de la Alameda.
Primero. Beneficiarios.—Pueden ser destinatarios últimos de las ayudas:
a) Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas
en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así
como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
b) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho
público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
c) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21
de julio, de Propiedad Horizontal, o equivalente en normas forales de aplicación.
d) Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan
los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
e) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de
viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del
Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a
lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
f) Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la
facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto aprobar la convocatoria de las subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de
uso predominante residencial para vivienda previstas dentro en el programa de ayuda a las
actuaciones a nivel de barrio del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que tendrá la consideración de bases reguladoras de estas subvenciones, y en el marco de C02.I01 del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Casco Urbano.
Fase I” en el término municipal de Torres de la Alameda.
Tercero. Bases reguladoras.—Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se
regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/10/05/853/con
Cuarto. Cuantía.—La dotación presupuestaria inicial máxima destinada a financiar
esta convocatoria asciende a 3.188.200,00 euros y se contraerá con cargo a la aplicación
presupuestaria 102.1522.78000” Conservación y Rehabilitación de la Edificación. A fami-
BOCM-20241216-108
BDNS 801131
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
108
TORRES DE LA ALAMEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torres de la
Alameda de 5 de diciembre de 2024, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de subvenciones, para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de
uso predominante residencial para vivienda, previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y
en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en el entorno residencial de rehabilitación
programada de “Casco Urbano. Fase I” en el término municipal de Torres de la Alameda.
Primero. Beneficiarios.—Pueden ser destinatarios últimos de las ayudas:
a) Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas
en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así
como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
b) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho
público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
c) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21
de julio, de Propiedad Horizontal, o equivalente en normas forales de aplicación.
d) Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan
los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
e) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de
viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del
Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a
lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
f) Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la
facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto aprobar la convocatoria de las subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de
uso predominante residencial para vivienda previstas dentro en el programa de ayuda a las
actuaciones a nivel de barrio del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que tendrá la consideración de bases reguladoras de estas subvenciones, y en el marco de C02.I01 del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Casco Urbano.
Fase I” en el término municipal de Torres de la Alameda.
Tercero. Bases reguladoras.—Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se
regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/10/05/853/con
Cuarto. Cuantía.—La dotación presupuestaria inicial máxima destinada a financiar
esta convocatoria asciende a 3.188.200,00 euros y se contraerá con cargo a la aplicación
presupuestaria 102.1522.78000” Conservación y Rehabilitación de la Edificación. A fami-
BOCM-20241216-108
BDNS 801131