D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241216-50)
Convenio –  Adenda de 27 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 299

LUNES 16 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 205

CLÁUSULAS
Primera
Prórroga del convenio
Se prorroga para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025,
el convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba
para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales, de acuerdo con lo dispuesto en su cláusula decimoséptima.
Asimismo, se mantiene el contenido de la cláusula quinta del convenio sobre la financiación, incluyendo lo establecido por la adenda de modificación de 2024, en los siguientes términos:
COMUNIDAD
DE MADRID

ENTIDAD
LOCAL

TOTAL

Anexo: Prestaciones Básicas de Servicios Sociales

99.577,05

59.975,36

159.552,41

Anexo: Protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia

24.489,52

8.163,17

32.652,69

Anexo: Protección a la familia y Atención a la pobreza infantil

22.626,27

0,00

22.626,27

0,00

0,00

0,00

17.681,51

11.787,67

29.469,18

164.374,35

79.926,20

244.300,55

FINANCIACIÓN

Anexo: Plan de desarrollo gitano
Anexo: Prevención del suicidio
TOTAL

El gasto se imputará al programa 232E partida 46309, del Presupuesto para el 2025 de
la Consejería competente en materia de Servicios Sociales.
Segunda
Forma de pago
La aportación económica de la Comunidad de Madrid prevista en la cláusula anterior,
correspondiente a la financiación de los gastos de gestión, programas y proyectos, será abonada a la Entidad Local mediante un pago único dentro de los tres meses siguientes a la formalización de la adenda de prórroga, sin perjuicio de la justificación y liquidación del ejercicio anterior.
Tercera
Protección de datos

DEBER DE INFORMACIÓN (DDI) DE LA ACTIVIDAD DE TRATAMIENTO:
“CONVENIOS ADMINISTRATIVOS”
Información sobre Protección de Datos: Convenios administrativos.
1. Responsable del tratamiento de sus datos.
— Responsable: D. G. de Servicios Sociales e Integración.
— Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
— Domicilio social: Consultar www.comunidad.madrid/centros
— Contacto Delegado de Protección de Datos: protecciondatos-psociales@madrid.org

BOCM-20241216-50

Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten
necesarios gestionar para llevar a buen fin el presente convenio, que sus datos serán
tratados conforme la normativa vigente por la Dirección General de Servicios Sociales e
Integración, en la actividad de tratamiento “Convenios Administrativos”. Para ejercer sus
derechos, podrán dirigirse a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales mediante una solicitud firmada,
presentada ante el Registro correspondiente, o bien contactar al delegado de protección de
datos en protecciondatos-psociales@madrid.org. Los firmantes pueden consultar la
información referida al deber de información de protección de datos personales en el anexo
correspondiente.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente
adenda de prórroga.
Madrid, a 27 de noviembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Alcalde del Ayuntamiento de Daganzo
de Arriba, Manuel Jurado Marrufo.