D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241214-17)
Convenio – Adenda de 24 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración de 16 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la entidad Centro de Formación Impulso 06 Formación y Educación, S. L., para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 62
SÁBADO 14 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 298
IV. Ambas partes reconocen que cada una de ellas ha venido cumpliendo los compromisos y obligaciones recogidas en las cláusulas tercera y cuarta del referido convenio,
sin que exista ninguna controversia sobre el desarrollo del mismo. Y considerando los resultados alcanzados, las partes estiman adecuado prorrogar su período de vigencia por un
año más, con el fin de proseguir la colaboración establecida, y, por ello,
ACUERDAN
Primero
Prórroga del convenio
Las partes firmantes acuerdan la prórroga del período de vigencia del convenio, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula octava del mismo. La prórroga tendrá una duración de un año natural, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo
Condiciones de colaboración
BOCM-20241214-17
La colaboración entre las partes se realizará bajo las mismas condiciones estipuladas
en el convenio que se prorroga en todas sus cláusulas y anexos. En concreto, se mantiene
la aportación por la Comunidad de Madrid de los 72,00 euros, por la participación de la entidad de formación Impulso 06 Formación y Educación, S. L. para el desarrollo del convenio por cada candidato inscrito y admitido a participar en el procedimiento, por un importe máximo de 10.800,00 euros (para una previsión de 150 personas inscritas y admitidas),
según el siguiente desglose por anualidades:
— 2024: 0 euros.
— 2025: 10.800,00 euros correspondiendo a 150 personas.
El convenio por importe máximo de 10.800,00 euros se financiará íntegramente
en 2025 con cargo a la partida 22809 del programa vigente 241A, del centro gestor
200170000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes en cada
momento, actuación financiada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes a través del Plan de Modernización de la Formación Profesional en el marco del
componente 20 del “Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional”, para alcanzar los objetivos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(MRR) financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. La financiación se encuentra vinculada a alcanzar los resultados a obtener por el citado plan.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda de prórroga, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.
Madrid, a 24 de noviembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. el Viceconsejero de Economía y Empleo, Orden de 17 de
abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), Daniel Rodríguez Asensio.—Por la Entidad de Formación Impulso 06 Formación y Educación,
S. L., el representante legal, Óscar Burgos Barahona.
(03/20.053/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 62
SÁBADO 14 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 298
IV. Ambas partes reconocen que cada una de ellas ha venido cumpliendo los compromisos y obligaciones recogidas en las cláusulas tercera y cuarta del referido convenio,
sin que exista ninguna controversia sobre el desarrollo del mismo. Y considerando los resultados alcanzados, las partes estiman adecuado prorrogar su período de vigencia por un
año más, con el fin de proseguir la colaboración establecida, y, por ello,
ACUERDAN
Primero
Prórroga del convenio
Las partes firmantes acuerdan la prórroga del período de vigencia del convenio, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula octava del mismo. La prórroga tendrá una duración de un año natural, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo
Condiciones de colaboración
BOCM-20241214-17
La colaboración entre las partes se realizará bajo las mismas condiciones estipuladas
en el convenio que se prorroga en todas sus cláusulas y anexos. En concreto, se mantiene
la aportación por la Comunidad de Madrid de los 72,00 euros, por la participación de la entidad de formación Impulso 06 Formación y Educación, S. L. para el desarrollo del convenio por cada candidato inscrito y admitido a participar en el procedimiento, por un importe máximo de 10.800,00 euros (para una previsión de 150 personas inscritas y admitidas),
según el siguiente desglose por anualidades:
— 2024: 0 euros.
— 2025: 10.800,00 euros correspondiendo a 150 personas.
El convenio por importe máximo de 10.800,00 euros se financiará íntegramente
en 2025 con cargo a la partida 22809 del programa vigente 241A, del centro gestor
200170000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes en cada
momento, actuación financiada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes a través del Plan de Modernización de la Formación Profesional en el marco del
componente 20 del “Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional”, para alcanzar los objetivos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(MRR) financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. La financiación se encuentra vinculada a alcanzar los resultados a obtener por el citado plan.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda de prórroga, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.
Madrid, a 24 de noviembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. el Viceconsejero de Economía y Empleo, Orden de 17 de
abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), Daniel Rodríguez Asensio.—Por la Entidad de Formación Impulso 06 Formación y Educación,
S. L., el representante legal, Óscar Burgos Barahona.
(03/20.053/24)
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ISSN 1989-4791