Pozuelo de Alarcón (BOCM-20241213-81)
Urbanismo. Convenio urbanístico
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 297

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81

POZUELO DE ALARCÓN
URBANISMO

BOCM-20241213-81

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, se pone en general conocimiento que por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento,
de 21 de noviembre de 2024, se ha ratificado el convenio urbanístico suscrito inicialmente
por el Ayuntamiento con el propietario de la totalidad del suelo privado comprendido en la
unidad de ejecución conformada por el APR 3.3-04 “Casa Ferrada”, del Plan General de
Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón; así como el proyecto de reparcelación anexo al
mismo formulado por Ransomtown, S. L. U., con fecha 17 de julio de 2024 (NRE.33.873)
y CSV: 2E3Z0A2T5X3V1L250ZAE.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, informándose de que contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Ayuntamiento
Pleno, conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases
de Régimen Local, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, o cualquier otro recurso que se considere procedente,
indicándose que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.
En Pozuelo de Alarcón, a 28 de noviembre de 2024.—El director general de Urbanismo, Vivienda y Nuevos Proyectos (Delegación Decreto de 6 de noviembre de 2024), Juan
José Gracia Gonzalo.
(02/19.661/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791