Madrid (BOCM-20241213-49)
Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Tarifas aparcamientos municipales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 297
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 227
No obstante, lo anterior, para aquellos usuarios con un vehículo de alta ocupación con
tres o más personas la tarifa por alta demanda tendrá una bonificación del 15 %. conforme
al siguiente cuadro en el que se incluye el 21 % de IVA.
TIEMPO DE ESTANCIA
BONIFICACIÓN TARIFA
ALTA DEMANDA TURISMOS
De 0 a 30 minutos
0,0548 euros / minuto
De 31 a 90 minutos
0,0495 euros / minuto
De 91 a 240 minutos
0,0656 euros / minuto
BOCM-20241213-49
La aplicación de la tarifa por alta demanda y la bonificación por alta ocupación regulada en este apartado exigirá que el gestor del aparcamiento cuente con los medios tecnológicos necesarios para verificar la ocupación real del vehículo siendo necesario la aplicación de ambas de forma simultánea.
Octavo.—La entrada en vigor de estas tarifas se producirá con efectos del día 1 de enero de 2025 sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del apartado séptimo.
Noveno— Notificar a los concesionarios interesados este acto administrativo, indicando que es definitivo en vía administrativa, así como los recursos que contra el mismo
procedan, órgano administrativo o judicial ante el que hubieran de presentarse y plazo para
interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Décimo.—Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de su publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid y en su
sitio web.
Madrid, a 2 de diciembre de 2024.—El delegado del Área de Gobierno de Urbanismo,
Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.
(01/20.248/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 297
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 227
No obstante, lo anterior, para aquellos usuarios con un vehículo de alta ocupación con
tres o más personas la tarifa por alta demanda tendrá una bonificación del 15 %. conforme
al siguiente cuadro en el que se incluye el 21 % de IVA.
TIEMPO DE ESTANCIA
BONIFICACIÓN TARIFA
ALTA DEMANDA TURISMOS
De 0 a 30 minutos
0,0548 euros / minuto
De 31 a 90 minutos
0,0495 euros / minuto
De 91 a 240 minutos
0,0656 euros / minuto
BOCM-20241213-49
La aplicación de la tarifa por alta demanda y la bonificación por alta ocupación regulada en este apartado exigirá que el gestor del aparcamiento cuente con los medios tecnológicos necesarios para verificar la ocupación real del vehículo siendo necesario la aplicación de ambas de forma simultánea.
Octavo.—La entrada en vigor de estas tarifas se producirá con efectos del día 1 de enero de 2025 sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del apartado séptimo.
Noveno— Notificar a los concesionarios interesados este acto administrativo, indicando que es definitivo en vía administrativa, así como los recursos que contra el mismo
procedan, órgano administrativo o judicial ante el que hubieran de presentarse y plazo para
interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Décimo.—Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de su publicación en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid y en su
sitio web.
Madrid, a 2 de diciembre de 2024.—El delegado del Área de Gobierno de Urbanismo,
Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.
(01/20.248/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791