A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241213-2)
Estructura orgánica – Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
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BOCM
Pág. 24
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 297
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
DECRETO 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112.
La Ley 5/2023, de 22 de marzo, de creación del Sistema Integrado de Protección Civil
y Emergencias de la Comunidad de Madrid, creó la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112 como Ente del Sector Público del artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, y adscrito a la
consejería competente en materia de protección civil, seguridad y emergencias.
La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 ejerce las competencias de protección civil, seguridad y emergencias atribuidas a la Comunidad de Madrid, con el fin de
mejorar la gestión, el impulso, la coordinación, la integración de los servicios, la respuesta, el apoyo y la supervisión de las funciones necesarias para su ejercicio.
El artículo 35 de la referida Ley prevé que bajo la supervisión y control del titular de
la dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 podrán establecerse órganos de dirección para ejercer la superior dirección de unidades organizativas y servicios.
Dichos órganos han de asegurar el funcionamiento y operatividad de las unidades organizativas y servicios, así como la del personal al servicio de la misma y su vigilancia y control, así como todas aquellas funciones que les sean delegadas y encomendadas por sus órganos superiores.
También establece el mismo artículo que será por decreto de Consejo de Gobierno, a
propuesta de la consejería competente en materia de protección civil, seguridad y emergencias, como se establezcan dichos órganos directivos de la Agencia.
El Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en su artículo 7.5
adscribe el ente público Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 a la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. Así mismo el Decreto 235 /2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, incluye en su disposición adicional primera a la Agencia como parte de la administración institucional adscrita a la Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Desde la aprobación del Decreto 217/2023, de 26 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112, la práctica diaria ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar dicha estructura para asegurar el cumplimiento de los fines que tiene atribuidos por la Ley 5/2023,
de 22 de marzo, con mayor eficacia. En consecuencia, este decreto sustituye al anterior estableciendo la organización y funciones hasta el nivel de subdirección general.
El contenido de este decreto y su tramitación se han ajustado a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula
y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter
general de la Comunidad de Madrid,
Conforme a los principios de necesidad y eficacia, se trata de una norma necesaria para
el desarrollo de la organización administrativa establecida en la Ley 5/2023, de 22 de marzo, y el Decreto 76/2023, de 5 de julio, siendo el instrumento más adecuado para garantizar
su consecución en atención a su rango normativo. De acuerdo con el principio de proporcionalidad, contiene la regulación imprescindible para definir las competencias y estructuras de
los órganos directivos de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
Conforme al principio de seguridad jurídica, se adecua a la legislación estatal básica y
autonómica en la materia, produciéndose la iniciativa normativa de forma coherente con el
resto del ordenamiento jurídico, en el ejercicio de los títulos competenciales que habilitan
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 297
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
DECRETO 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112.
La Ley 5/2023, de 22 de marzo, de creación del Sistema Integrado de Protección Civil
y Emergencias de la Comunidad de Madrid, creó la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112 como Ente del Sector Público del artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, y adscrito a la
consejería competente en materia de protección civil, seguridad y emergencias.
La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 ejerce las competencias de protección civil, seguridad y emergencias atribuidas a la Comunidad de Madrid, con el fin de
mejorar la gestión, el impulso, la coordinación, la integración de los servicios, la respuesta, el apoyo y la supervisión de las funciones necesarias para su ejercicio.
El artículo 35 de la referida Ley prevé que bajo la supervisión y control del titular de
la dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 podrán establecerse órganos de dirección para ejercer la superior dirección de unidades organizativas y servicios.
Dichos órganos han de asegurar el funcionamiento y operatividad de las unidades organizativas y servicios, así como la del personal al servicio de la misma y su vigilancia y control, así como todas aquellas funciones que les sean delegadas y encomendadas por sus órganos superiores.
También establece el mismo artículo que será por decreto de Consejo de Gobierno, a
propuesta de la consejería competente en materia de protección civil, seguridad y emergencias, como se establezcan dichos órganos directivos de la Agencia.
El Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en su artículo 7.5
adscribe el ente público Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 a la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. Así mismo el Decreto 235 /2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, incluye en su disposición adicional primera a la Agencia como parte de la administración institucional adscrita a la Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Desde la aprobación del Decreto 217/2023, de 26 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112, la práctica diaria ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar dicha estructura para asegurar el cumplimiento de los fines que tiene atribuidos por la Ley 5/2023,
de 22 de marzo, con mayor eficacia. En consecuencia, este decreto sustituye al anterior estableciendo la organización y funciones hasta el nivel de subdirección general.
El contenido de este decreto y su tramitación se han ajustado a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula
y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter
general de la Comunidad de Madrid,
Conforme a los principios de necesidad y eficacia, se trata de una norma necesaria para
el desarrollo de la organización administrativa establecida en la Ley 5/2023, de 22 de marzo, y el Decreto 76/2023, de 5 de julio, siendo el instrumento más adecuado para garantizar
su consecución en atención a su rango normativo. De acuerdo con el principio de proporcionalidad, contiene la regulación imprescindible para definir las competencias y estructuras de
los órganos directivos de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
Conforme al principio de seguridad jurídica, se adecua a la legislación estatal básica y
autonómica en la materia, produciéndose la iniciativa normativa de forma coherente con el
resto del ordenamiento jurídico, en el ejercicio de los títulos competenciales que habilitan
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