D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241213-31)
Convenio – Adenda de 29 de noviembre de 2024, de prórroga para el año 2025 y modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Unión de Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE Madrid), y los Ayuntamientos de Anchuelo, Brea de Tajo, Chinchón, Colmenar de Oreja, El Álamo, Estremera, Fuentidueña de Tajo, Morata de Tajuña, Nuevo Baztán, Perales de Tajuña, Pozuelo del Rey, Titulcia, Valdaracete, Valdelaguna, Villaconejos, Villamanrique de Tajo, Villar del Olmo, Villarejo de Salvanés y la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, para implantar un sistema de información al consumidor
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 177
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
31
ADENDA de 29 de noviembre de 2024, de prórroga para el año 2025 y modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Unión de Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE Madrid), y los Ayuntamientos de Anchuelo, Brea de
Tajo, Chinchón, Colmenar de Oreja, El Álamo, Estremera, Fuentidueña de Tajo,
Morata de Tajuña, Nuevo Baztán, Perales de Tajuña, Pozuelo del Rey, Titulcia,
Valdaracete, Valdelaguna, Villaconejos, Villamanrique de Tajo, Villar del Olmo,
Villarejo de Salvanés y la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid,
para implantar un sistema de información al consumidor.
De una parte, Daniel Rodríguez Asensio, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía y Empleo, nombrado mediante Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de julio de 2023) y en el ejercicio de las competencias recogidas
en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por
la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el protectorado de fundaciones; y de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 4
de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid
a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, sobre los órganos competentes para la suscripción de convenios, en relación con el artículo 3.2.b) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid; en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; y en virtud de las atribuciones que en materia de consumo le confiere el Decreto 230/2023, de 6 de
septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
De otra, Jorge Sanz Fernández, en su condición de secretario general de la Unión de
Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE), con NIF G78462553 y domicilio social
en calle Alcalá 20, planta 4.a, despacho 409 28014 Madrid; en virtud de las facultades que
le otorgan los estatutos de la entidad, de acuerdo con el nombramiento de fecha 17 de julio
de 2024.
Y de otra, Alberto Cabezas Ortega, alcalde del Ayuntamiento de El Álamo, con N.I.F.
P-2800400-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 27 de julio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por
el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la
Comunidad de Madrid.
Javier Doncel Fernández, alcalde del Ayuntamiento de Anchuelo, con N.I.F. P-2801200-C,
cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad
de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2
de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Pablo Rodrigo Martínez, alcalde del Ayuntamiento de Brea de Tajo, con N.I.F.
P-2802500-E, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 14 de marzo de 2024 y en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de
la Comunidad de Madrid.
BOCM-20241213-31
REUNIDOS
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 177
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
31
ADENDA de 29 de noviembre de 2024, de prórroga para el año 2025 y modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Unión de Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE Madrid), y los Ayuntamientos de Anchuelo, Brea de
Tajo, Chinchón, Colmenar de Oreja, El Álamo, Estremera, Fuentidueña de Tajo,
Morata de Tajuña, Nuevo Baztán, Perales de Tajuña, Pozuelo del Rey, Titulcia,
Valdaracete, Valdelaguna, Villaconejos, Villamanrique de Tajo, Villar del Olmo,
Villarejo de Salvanés y la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid,
para implantar un sistema de información al consumidor.
De una parte, Daniel Rodríguez Asensio, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía y Empleo, nombrado mediante Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de julio de 2023) y en el ejercicio de las competencias recogidas
en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por
la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el protectorado de fundaciones; y de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 4
de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid
a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, sobre los órganos competentes para la suscripción de convenios, en relación con el artículo 3.2.b) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid; en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; y en virtud de las atribuciones que en materia de consumo le confiere el Decreto 230/2023, de 6 de
septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
De otra, Jorge Sanz Fernández, en su condición de secretario general de la Unión de
Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE), con NIF G78462553 y domicilio social
en calle Alcalá 20, planta 4.a, despacho 409 28014 Madrid; en virtud de las facultades que
le otorgan los estatutos de la entidad, de acuerdo con el nombramiento de fecha 17 de julio
de 2024.
Y de otra, Alberto Cabezas Ortega, alcalde del Ayuntamiento de El Álamo, con N.I.F.
P-2800400-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 27 de julio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por
el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la
Comunidad de Madrid.
Javier Doncel Fernández, alcalde del Ayuntamiento de Anchuelo, con N.I.F. P-2801200-C,
cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad
de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2
de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Pablo Rodrigo Martínez, alcalde del Ayuntamiento de Brea de Tajo, con N.I.F.
P-2802500-E, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 14 de marzo de 2024 y en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de
la Comunidad de Madrid.
BOCM-20241213-31
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