C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241213-27)
Acceso ciclos formativos –  Resolución conjunta de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y la Dirección General de Enseñanzas Artísticas, por la que se convocan en la Comunidad de Madrid en el curso académico 2024-2025 las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, así como la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 297

VIERNES 13 DE DICIEMBRE DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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RESOLUCIÓN conjunta de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General
de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y la Dirección General de Enseñanzas Artísticas, por la que se convocan en la Comunidad de Madrid en el curso académico 2024-2025 las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y a las enseñanzas profesionales de
artes plásticas y diseño, así como la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio.

El Decreto 187/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan
las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio en la Comunidad de Madrid, ha establecido el marco
regulador para la convocatoria unificada de estas pruebas que, de conformidad con lo establecido en su artículo 6, tendrá carácter anual y se realizará mediante resolución de la dirección general competente en materia de ordenación académica de estas enseñanzas.
Las pruebas se desarrollarán de acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución y
en el Decreto 187/2021, de 21 de julio. En virtud del Decreto 248/2023, de 11 de octubre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades, la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y la Dirección General de Enseñanzas Artísticas,
conjuntamente,
RESUELVEN
Primero
Convocatoria de las pruebas de acceso a ciclos formativos
Se convocan para el curso 2024-2025 las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional; las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior de artes plásticas y diseño y la prueba sustitutiva del requisito académico establecido para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado
medio y de grado superior y a las formaciones deportivas en período transitorio de nivel I
y nivel II.
La participación en la parte específica para quienes superen la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior por la vía de enseñanzas de artes plásticas y diseño se formalizará en los términos y condiciones que se establezcan por
resolución de la Dirección General de Enseñanzas Artísticas, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID antes del 31 de mayo de 2025.
Segundo
1. Esta convocatoria está destinada a aquellas personas que no reúnan el requisito
académico exigido para el acceso a las enseñanzas correspondientes.
2. Sin perjuicio de lo anterior, podrán inscribirse en la prueba común de acceso a ciclos formativos tanto de grado medio como de grado superior quienes, sin reunir el requisito académico exigido para el acceso a las enseñanzas correspondientes hayan superado la
prueba de acceso a dichas enseñanzas en convocatorias anteriores, con el fin de elevar la
calificación obtenida. En este supuesto, los interesados deberán realizar la prueba completa y no podrán solicitar el reconocimiento de las partes superadas en convocatorias anterio-

BOCM-20241213-27

Destinatarios