Alcalá de Henares (BOCM-20241212-48)
Urbanismo. Plan especial
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 296
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
ALCALÁ DE HENARES
URBANISMO
BOCM-20241212-48
La excelentísima Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 8 de noviembre
de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“1.o La aprobación inicial del Plan Especial de Mejora para la Modificación de
Usos en Parcelas de la Zona de Ordenanza Comercial Exento, Parcelas 39, 40 y 41 del Sector 114 “Espartales Sur”, promovido por la sociedad Urbis Atenea, S. L.
2.o Someter el expediente al trámite de información pública por plazo de un mes, mediante la inserción de anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y
en un periódico de los de mayor difusión, así como en el tablón de anuncios municipal y en
la página web de este Ayuntamiento, para general conocimiento y a fin de que puedan formularse, en su caso, las alegaciones que se tengan por convenientes. Asimismo, solicitar los
informes de los organismos sectoriales que resulten preceptivos y notificar expresamente a
la totalidad de propietarios afectados, siguiéndose el trámite establecido en el artículo 59.4 de
la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.
3.o Suspender en el ámbito del Plan Especial, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de licencias, así
como los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo, que en ambos casos pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, con excepción de la primera ocupación y funcionamiento”.
Lo que se publica para general conocimiento con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente por plazo de un mes, contado a partir del
día siguiente a aquel en que aparezca inserto este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística, sito en la calle
Escritorios, número 15, primera planta, así como en la página web de este Ayuntamiento, y
formular por escrito cuantas alegaciones se estimen conveniente a su derecho.
Alcalá de Henares, a 19 de noviembre de 2024.—La TAG de Urbanismo y Coordinadora del Servicio de Gestión de Licencias de Obras y Actividades, P. A., la TAG, jefe del
Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística (firmado).
(02/19.163/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 240
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B.O.C.M. Núm. 296
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
ALCALÁ DE HENARES
URBANISMO
BOCM-20241212-48
La excelentísima Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 8 de noviembre
de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“1.o La aprobación inicial del Plan Especial de Mejora para la Modificación de
Usos en Parcelas de la Zona de Ordenanza Comercial Exento, Parcelas 39, 40 y 41 del Sector 114 “Espartales Sur”, promovido por la sociedad Urbis Atenea, S. L.
2.o Someter el expediente al trámite de información pública por plazo de un mes, mediante la inserción de anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y
en un periódico de los de mayor difusión, así como en el tablón de anuncios municipal y en
la página web de este Ayuntamiento, para general conocimiento y a fin de que puedan formularse, en su caso, las alegaciones que se tengan por convenientes. Asimismo, solicitar los
informes de los organismos sectoriales que resulten preceptivos y notificar expresamente a
la totalidad de propietarios afectados, siguiéndose el trámite establecido en el artículo 59.4 de
la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.
3.o Suspender en el ámbito del Plan Especial, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de licencias, así
como los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo, que en ambos casos pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, con excepción de la primera ocupación y funcionamiento”.
Lo que se publica para general conocimiento con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente por plazo de un mes, contado a partir del
día siguiente a aquel en que aparezca inserto este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística, sito en la calle
Escritorios, número 15, primera planta, así como en la página web de este Ayuntamiento, y
formular por escrito cuantas alegaciones se estimen conveniente a su derecho.
Alcalá de Henares, a 19 de noviembre de 2024.—La TAG de Urbanismo y Coordinadora del Servicio de Gestión de Licencias de Obras y Actividades, P. A., la TAG, jefe del
Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística (firmado).
(02/19.163/24)
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ISSN 1989-4791