B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241212-5)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C), de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 79

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de
empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C), de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 502/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 275, de 18 de noviembre), se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo
temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico
Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C) de la Comunidad de Madrid, modificada mediante la Orden 745/2021, de 16 de diciembre, de la citada Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 22, de 27 de enero de 2022), y cuyas plazas fueron objeto
de ampliación mediante la Orden 943/2022, de 10 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 123, de 25 de mayo), así como mediante la Orden 1799/2022,
de 2 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 226, de 22
de septiembre), ambas de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
De conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 502/2021, de 13 de
octubre, anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por el
tribunal calificador la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas en el referido
proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente
resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquellas a la acreditación, en los términos previstos en la citada Resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE
Primero
Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que
han superado el mismo las personas aspirantes incluidas en la relación que se incorpora
como Anexo de la presente Resolución.

Con objeto de adquirir la condición de personal laboral, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para elegir destino y presentar la documentación que se indica, exigida en el apartado segundo de la base novena de la aludida Orden 502/2021, de 13 de octubre, así como en el
apartado primero de la base quinta de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería
de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de
regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del
personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad, dirigida a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin
perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:
A) Copia del DNI/NIE o equivalente y, en su caso, demás documentación que fuera
precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente.

BOCM-20241212-5

Segundo