B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241212-3)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 3039/2024, de 26 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 296

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocioninterna-administracion-servicios-comunidad-madrid para promoción interna, o en la Sede
Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid
9. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2025.
Novena
Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación de cumplimiento de requisitos
1. El tribunal calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el
proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:
— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación
total alcanzada.
— Identificación de la persona aspirante, en los términos dispuestos en la normativa
aplicable.
— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición del proceso convocado por el turno de acceso libre y, en el caso del proceso convocado por promoción interna, calificaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios de la fase
de oposición, el total de la puntuación de la fase de oposición y del concurso y la
calificación final del concurso-oposición.
— Calificación final del proceso selectivo.
2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases decimocuarta.6 a decimocuarta.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio.
4. Las personas aspirantes que participen por el turno de promoción interna y aprueben todos los ejercicios de la fase de oposición, pero no superen el proceso selectivo en su
conjunto, podrán optar por quedar exentas de la realización de los mismos en la convocatoria siguiente, siempre que el programa, el tipo de pruebas a realizar y su forma de calificación sean idénticos y no hubiera transcurrido un plazo superior a tres años entre ambas
convocatorias, manteniendo, en este caso y por una sola vez, la calificación obtenida en los
ejercicios de la convocatoria previa, tal y como se establece en la base undécima.4 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
Décima
Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión

Undécima
Lista de espera para personal funcionario interino
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de
abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo
reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en
la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución

BOCM-20241212-3

1. Concluidos los dos procesos selectivos, quienes los hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad
Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de
la Comunidad de Madrid, tomando posesión de acuerdo con lo previsto en la base decimosexta de la precitada Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. En el supuesto de que las aspirantes se encuentren en situación de incapacidad
temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán tomar posesión de su nuevo puesto de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar que
se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso, el
cómputo del plazo de toma de posesión cuando finalice la situación de incapacidad temporal derivada de la gestación o el permiso por parto.