B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241212-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 3022/2024, de 25 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad Psicología, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 296

3. Las solicitudes de participación deberán ir acompañadas de la documentación que
corresponda de entre las que se indican a continuación:
a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber
abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en el apartado segundo de la base octava de la Orden 290/2018,
de 27 de junio.
b) Quienes precisen adaptaciones de tiempo y medios para la realización de alguno
de los ejercicios de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de
adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir
en la exención de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser
aportada en la forma y términos establecidos en el apartado sexto de la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y firme por medio de
representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid . Para acceder a
dicho trámite, podrá utilizar el buscador de esta página que enlaza con la dirección:
https://sede.comunidad.madrid/buscador?t=&tipo=All&consejeria=All&estado_
pendiente%5B1%5D=1&estado_plazo%5B1%5D=1&estado_tramitacion%5B1%5D=1, tecleando el número de orden de esta convocatoria.
Asimismo, dicho trámite estará enlazado en la página web del proceso selectivo,
accesible desde el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracionservicios-comunidad-madrid .
4. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado
por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la
dirección general competente en materia de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
Con la firma de la solicitud, la persona interesada da el consentimiento a la administración convocante para que pueda proceder a la publicación en la página web, o en cualquier espacio establecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de trámite que se deriven de estos procesos selectivos.
5. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
7. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la
base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, debiendo hacer constar en el campo
Observaciones del pago de la tasa: “Acceso libre al Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Especialidad Psicología A1”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la
precitada base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes soliciten participar

BOCM-20241212-2

Quinta