B) Autoridades y Personal - CÁMARA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20241212-10)
Concurso específico –  Resolución de 29 de noviembre de 2024, del Presidente de la Cámara de Cuentas, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo, de 28 de noviembre de 2024, por el que se aprueba convocatoria pública de un puesto de trabajo para su provisión por el sistema de concurso especifico
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 296

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid
10

RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2024, del Presidente de la Cámara de
Cuentas, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo, de 28 de noviembre
de 2024, por el que se aprueba convocatoria pública de un puesto de trabajo
para su provisión por el sistema de concurso especifico.

Los artículos 37 y 41 de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la
Comunidad de Madrid, prescriben, respectivamente, que el régimen jurídico aplicable a la
provisión de puestos de trabajo de la Cámara de Cuentas será el establecido en la legislación de la función pública de la Comunidad de Madrid y que la convocatoria y resolución
de los procedimientos de selección y provisión de puestos de trabajo corresponden al Consejo de la Cámara de Cuentas.
La normativa autonómica sobre función pública y, en concreto, la Orden 2094/1990,
de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre), de
la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo, del Consejero de Hacienda, remite a la estatal (Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado, artículos 45
y 46) cuando, en atención a las características y naturaleza de determinados puestos de trabajo, se aconseja su provisión por el procedimiento de concurso específico.
En la presente convocatoria se hace necesario utilizar el sistema de provisión de concurso específico, pues la ausencia de cuerpos de funcionarios propios de la Cámara de
Cuentas obliga a que la concurrencia de los méritos alegados por los concursantes, que obligatoriamente tendrán la condición de funcionarios de carrera provenientes de otras administraciones, pueda ser verificada, además de por la documentación justificativa aportada,
mediante la realización de entrevistas, en el supuesto de ser necesarias.
De conformidad con lo anterior, el Consejo de la Cámara de Cuentas de la Comunidad
de Madrid, en su reunión de 28 de noviembre de 2024,
ACUERDO
Primero
Aprobar la convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo reservado a personal funcionario, que se incluye en el Anexo I, mediante el sistema de provisión de concurso específico.

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su organización y desarrollo
por lo dispuesto en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad
de Madrid; en la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo reservados
a Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería de
Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias
para la provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación;
en la Orden 2094/1990, de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 7 de septiembre), de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema
general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

BOCM-20241212-10

Segundo