Bustarviejo (BOCM-20241212-58)
Otros anuncios. Enajenación parcela
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 260
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 296
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
BUSTARVIEJO
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20241212-58
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 975/2024, de 29 de noviembre, el expediente de enajenación del siguiente bien calificado como parcela sobrante:
— Referencia catastral: 1336122VL4213N0001BY.
— Localización: Paseo de la Bardera, número 24.
— Clase: Suelo urbano.
— Superficie: 233 m2.
— Coeficiente: 0,65 por 100.
— Uso: Residencial Categoría 1.
Se publica la misma para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 8.1.a)
de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública
y Buen Gobierno.
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado el acto notificado, en
el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la
presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Bustarviejo, a 29 de noviembre de 2024.—El alcalde, Tanausú Luis Perera.
(01/19.816/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 260
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B.O.C.M. Núm. 296
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Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 975/2024, de 29 de noviembre, el expediente de enajenación del siguiente bien calificado como parcela sobrante:
— Referencia catastral: 1336122VL4213N0001BY.
— Localización: Paseo de la Bardera, número 24.
— Clase: Suelo urbano.
— Superficie: 233 m2.
— Coeficiente: 0,65 por 100.
— Uso: Residencial Categoría 1.
Se publica la misma para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 8.1.a)
de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública
y Buen Gobierno.
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado el acto notificado, en
el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la
presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Bustarviejo, a 29 de noviembre de 2024.—El alcalde, Tanausú Luis Perera.
(01/19.816/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791