Los Santos de la Humosa (BOCM-20241211-82)
Régimen económico. Calendario fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 295
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 257
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
82
LOS SANTOS DE LA HUMOSA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Doña Carolina Urtasun Calleja, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Los Santos de la
Humosa (Madrid).
BOCM-20241211-82
De conformidad con lo prevenido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de
cobro periódico por recibo del ejercicio 2025, he resuelto que la recaudación se lleve a cabo
en la Oficina Recaudatoria del Ayuntamiento sita en Plaza Mayor número 1, 28817 Los
Santos de la Humosa (Madrid), así como en las entidades bancarias autorizadas, en las fechas siguientes:
— Del 1 de abril al 2 de junio de 2025:
• Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Del 1 de mayo al 30 de junio de 2025:
• Tasas de vado y basura.
— Del 1 de julio al 30 de septiembre de 2025:
• Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
• Impuesto sobre bienes inmueble de naturaleza rústica.
— Del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2025:
• Impuesto sobre actividades económicas.
Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los
quince días anteriores a la fecha de inicio de período voluntario. Contra las liquidaciones
contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso
administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del
plazo de exposición pública del Padrón (Art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.
En Los Santos de la Humosa, a 27 de noviembre de 2024.—La alcaldesa-presidenta,
Carolina Urtasun Calleja.
(01/19.711/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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AYUNTAMIENTO DE
82
LOS SANTOS DE LA HUMOSA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Doña Carolina Urtasun Calleja, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Los Santos de la
Humosa (Madrid).
BOCM-20241211-82
De conformidad con lo prevenido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de
cobro periódico por recibo del ejercicio 2025, he resuelto que la recaudación se lleve a cabo
en la Oficina Recaudatoria del Ayuntamiento sita en Plaza Mayor número 1, 28817 Los
Santos de la Humosa (Madrid), así como en las entidades bancarias autorizadas, en las fechas siguientes:
— Del 1 de abril al 2 de junio de 2025:
• Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Del 1 de mayo al 30 de junio de 2025:
• Tasas de vado y basura.
— Del 1 de julio al 30 de septiembre de 2025:
• Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
• Impuesto sobre bienes inmueble de naturaleza rústica.
— Del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2025:
• Impuesto sobre actividades económicas.
Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los
quince días anteriores a la fecha de inicio de período voluntario. Contra las liquidaciones
contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso
administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del
plazo de exposición pública del Padrón (Art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.
En Los Santos de la Humosa, a 27 de noviembre de 2024.—La alcaldesa-presidenta,
Carolina Urtasun Calleja.
(01/19.711/24)
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ISSN 1989-4791