Mejorada del Campo (BOCM-20241211-83)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 258
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 295
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
MEJORADA DEL CAMPO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
NÚMERO
DEDICACIÓN
MÁXIMO
MÍNIMA
RETRIBUCIÓN
BRUTA ANUAL
Concejalías Delegadas con dedicación parcial
7
75%
31.536,14 euros
Portavocías de Grupos Municipales con dedicación parcial
3
50%
18.348,33 euros
FUNCIONES REPRESENTATIVAS
Las retribuciones anteriores se distribuirán en catorce mensualidades anuales, con la
misma periodicidad establecida para los empleados públicos municipales, y se incrementarán cada año en el mismo porcentaje previsto por los Presupuestos Generales del Estado
para el personal funcionario. Esta revisión anual, en ningún caso, podrá suponer que las retribuciones superen los límites que se establezcan en las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Los miembros del Ayuntamiento a los que se aplique el régimen de dedicación parcial,
además de percibir las retribuciones fijadas por el Pleno, serán dados de alta en el régimen
general de la Seguridad Social, asumiendo el Ayuntamiento el abono de sus cuotas empresariales, incluida la protección por desempleo, o, cuando corresponda, de las cotizaciones
de las mutualidades, sin perjuicio, cuando legalmente proceda, del abono de los trienios o
concepto retributivo de la antigüedad equivalente.
Segundo.—Expedir certificado de este acuerdo para su conservación en la Secretaría
General.
Tercero.—Dar traslado de este acuerdo al Departamento de Personal y a la Intervención municipal.
Cuarto.—Publicar este acuerdo en el tablón de anuncios electrónico y en el portal de
transparencia, así como en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
Mejorada del Campo, a 28 de noviembre de 2024.—El alcalde, Jorge Capa Carralero.
(03/19.713/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241211-83
Segunda modificación del régimen de dedicaciones y asistencias de los miembros de
la Corporación acordado en el Pleno de 30 de junio de 2023.
El Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en sesión ordinaria celebrada
el 28 de noviembre de 2024, ha aprobado el acuerdo siguiente, con el contenido que, en extracto, se inserta a continuación, que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente:
“3/ 107/2024.—Aprobación de la segunda modificación del acuerdo de Pleno 71/2023,
de 30 de junio de 2023, relativo al régimen de dedicaciones y asistencias de los miembros de
la corporación [G-3019/2023].
[…]
Primero.—Modificar el número de cargos de la Corporación que podrán desempeñarse en régimen de dedicación parcial por ostentar delegaciones (Concejalías Delegadas), incrementándolos de 5 a 7, con un régimen de dedicación del 75% y una retribución bruta
anual de 31.536,14 euros.
En consecuencia con lo anterior, las funciones representativas cuyo desempeño comporta la aplicación del régimen de dedicación parcial son las siguientes:
Pág. 258
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 295
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
MEJORADA DEL CAMPO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
NÚMERO
DEDICACIÓN
MÁXIMO
MÍNIMA
RETRIBUCIÓN
BRUTA ANUAL
Concejalías Delegadas con dedicación parcial
7
75%
31.536,14 euros
Portavocías de Grupos Municipales con dedicación parcial
3
50%
18.348,33 euros
FUNCIONES REPRESENTATIVAS
Las retribuciones anteriores se distribuirán en catorce mensualidades anuales, con la
misma periodicidad establecida para los empleados públicos municipales, y se incrementarán cada año en el mismo porcentaje previsto por los Presupuestos Generales del Estado
para el personal funcionario. Esta revisión anual, en ningún caso, podrá suponer que las retribuciones superen los límites que se establezcan en las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Los miembros del Ayuntamiento a los que se aplique el régimen de dedicación parcial,
además de percibir las retribuciones fijadas por el Pleno, serán dados de alta en el régimen
general de la Seguridad Social, asumiendo el Ayuntamiento el abono de sus cuotas empresariales, incluida la protección por desempleo, o, cuando corresponda, de las cotizaciones
de las mutualidades, sin perjuicio, cuando legalmente proceda, del abono de los trienios o
concepto retributivo de la antigüedad equivalente.
Segundo.—Expedir certificado de este acuerdo para su conservación en la Secretaría
General.
Tercero.—Dar traslado de este acuerdo al Departamento de Personal y a la Intervención municipal.
Cuarto.—Publicar este acuerdo en el tablón de anuncios electrónico y en el portal de
transparencia, así como en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
Mejorada del Campo, a 28 de noviembre de 2024.—El alcalde, Jorge Capa Carralero.
(03/19.713/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241211-83
Segunda modificación del régimen de dedicaciones y asistencias de los miembros de
la Corporación acordado en el Pleno de 30 de junio de 2023.
El Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en sesión ordinaria celebrada
el 28 de noviembre de 2024, ha aprobado el acuerdo siguiente, con el contenido que, en extracto, se inserta a continuación, que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente:
“3/ 107/2024.—Aprobación de la segunda modificación del acuerdo de Pleno 71/2023,
de 30 de junio de 2023, relativo al régimen de dedicaciones y asistencias de los miembros de
la corporación [G-3019/2023].
[…]
Primero.—Modificar el número de cargos de la Corporación que podrán desempeñarse en régimen de dedicación parcial por ostentar delegaciones (Concejalías Delegadas), incrementándolos de 5 a 7, con un régimen de dedicación del 75% y una retribución bruta
anual de 31.536,14 euros.
En consecuencia con lo anterior, las funciones representativas cuyo desempeño comporta la aplicación del régimen de dedicación parcial son las siguientes: