D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241211-26)
Convenio –  Convenio de 21 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Obra Pía de los Santos Lugares, para la realización de actividades conjuntas a través de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 295

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE DICIEMBRE DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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CONVENIO de 21 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Obra Pía de los Santos Lugares, para la realización de actividades conjuntas a través de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
REUNIDOS

De una parte, don Emilio Viciana Duro, en calidad de Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, nombrado por Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, en el ejercicio de la competencia de representación prevista en el
artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid, y de acuerdo con el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Xavier Martí Martí, Subsecretario de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 847/2024, de 27 de
agosto, actuando en calidad de presidente de la Obra Pía de los Santos Lugares, cargo que
ostenta de acuerdo con el artículo 18.2.m) y 18.6 del Real Decreto 267/2022, de 12 de abril,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación y en uso de las facultades atribuidas en el artículo 9.e) del
Real Decreto 1005/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Obra
Pía de los Santos Lugares.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar
el presente convenio.

1. Que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades es el órgano de la Administración de la Comunidad de Madrid que tiene atribuidas con carácter general las competencias en materia de educación, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y
denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
2. En materia de Enseñanzas Artísticas Superiores corresponde a la Dirección General de Enseñanzas Artísticas, el desarrollo y fomento de las relaciones de coordinación y cooperación de los centros de enseñanzas artísticas superiores con instituciones y organismos
que desarrollen su actividad en el sector artístico y cultural, de acuerdo con Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
3. La Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales es un
centro educativo superior de titularidad de la Comunidad de Madrid dependiente de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades que centra su actividad en la formación oficial superior de los profesionales de la conservación y restauración del patrimonio cultural.
4. Para lograr la excelencia en la formación de sus alumnos, la Escuela Superior de
Conservación y Restauración de Bienes Culturales requiere el empleo de bienes culturales
de distintas características y con diferentes tipologías de deterioro, que son intervenidos por
sus alumnos bajo la estricta supervisión de su profesorado en sus clases lectivas. Asimismo, y para formar adecuadamente a su alumnado en la intervención sobre aquellos bienes
de difícil o imposible traslado a las aulas, como por ejemplo las pinturas murales o aquellas
otras obras que por tamaño o estado de conservación deben ser intervenidas in situ, la Es-

BOCM-20241211-26

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