Ambite (BOCM-20241210-49)
Régimen económico. Calendario fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 190
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 294
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
AMBITE
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2024, acordó la aprobación del calendario fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2025 [que estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de
este Ayuntamiento ( http://ambite.sedelectronica.es )], en cumplimiento de lo dispuesto en
los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:
De conformidad con lo prevenido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de
cobro periódico por recibo del ejercicio 2025, he resuelto que la recaudación se lleve a cabo
en la Oficina Recaudatoria del Ayuntamiento sita en Plaza Mayor número 1, 28580 Ambite, Madrid (pago efectivo con importe exacto y tarjeta bancaria) Así como en las entidades
bancarias autorizadas (BBVA) y a través de la página web del Ayuntamiento de Ambite, en
las fechas siguientes:
— Del 3 de febrero al 2 abril de 2025.
• Tasa de vados.
• Primer semestre tasa de basuras.
— Del 10 de marzo al 9 de mayo de 2025.
• Primer semestre del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
— Del 5 de mayo al 4 de julio de 2025.
• Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2025.
• Segundo semestre tasa de basuras.
— Del 8 de septiembre al 7 de noviembre de 2025.
• Impuesto sobre bienes e inmuebles de naturaleza rústica.
• Impuesto sobre actividades económicas .
• Segundo semestre del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
— Servicio Especial de Pagos (SEP).
• Plazo 1: 7 marzo de 2025.
• Plazo 2: 7 mayo de 2025.
• Plazo 3: 7 agosto de 2025.
• Plazo 4: 7 noviembre de 2025.
Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los
quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones
contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso
administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del
plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
A los contribuyentes acogidos al Servicio Especial de Pagos (pago en 4) los recibos les
serán cargados en su cuenta el día 7 hábil o inmediatamente posterior de los meses marzo,
mayo, agosto y noviembre del año 2025.
Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.
En, Ambite, a 27 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Apolonio Alcaide
Bravo.
(01/19.614/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241210-49
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pág. 190
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MARTES 10 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 294
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
AMBITE
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2024, acordó la aprobación del calendario fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2025 [que estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de
este Ayuntamiento ( http://ambite.sedelectronica.es )], en cumplimiento de lo dispuesto en
los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:
De conformidad con lo prevenido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de
cobro periódico por recibo del ejercicio 2025, he resuelto que la recaudación se lleve a cabo
en la Oficina Recaudatoria del Ayuntamiento sita en Plaza Mayor número 1, 28580 Ambite, Madrid (pago efectivo con importe exacto y tarjeta bancaria) Así como en las entidades
bancarias autorizadas (BBVA) y a través de la página web del Ayuntamiento de Ambite, en
las fechas siguientes:
— Del 3 de febrero al 2 abril de 2025.
• Tasa de vados.
• Primer semestre tasa de basuras.
— Del 10 de marzo al 9 de mayo de 2025.
• Primer semestre del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
— Del 5 de mayo al 4 de julio de 2025.
• Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2025.
• Segundo semestre tasa de basuras.
— Del 8 de septiembre al 7 de noviembre de 2025.
• Impuesto sobre bienes e inmuebles de naturaleza rústica.
• Impuesto sobre actividades económicas .
• Segundo semestre del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
— Servicio Especial de Pagos (SEP).
• Plazo 1: 7 marzo de 2025.
• Plazo 2: 7 mayo de 2025.
• Plazo 3: 7 agosto de 2025.
• Plazo 4: 7 noviembre de 2025.
Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los
quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones
contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso
administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del
plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
A los contribuyentes acogidos al Servicio Especial de Pagos (pago en 4) los recibos les
serán cargados en su cuenta el día 7 hábil o inmediatamente posterior de los meses marzo,
mayo, agosto y noviembre del año 2025.
Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.
En, Ambite, a 27 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Apolonio Alcaide
Bravo.
(01/19.614/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241210-49
RÉGIMEN ECONÓMICO