D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20241210-27)
Convocatoria contrato –  Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del Servicio Madrileño de Salud, por la que se hace pública la convocatoria de licitación del contrato “Terapias respiratorias domiciliaria y otras técnicas de ventilación asistida en el ámbito de la Comunidad de Madrid” de referencia “PA 31/2024 Terapias Respiratorias”, a adjudicar por procedimiento abierto con pluralidad de criterios
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 150

MARTES 10 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 294

LOTE

IMPORTE ANUAL LOTE

SOLVENCIA TÉCNICA

1

16.025.689,31

11.217.982,52

2

11.889.695,33

8.322.786,73

3

14.796.765,36

10.357.735,75

Declaración indicando el material y equipo técnico del que se dispondrá para la
ejecución de los trabajos o prestaciones, a las que se adjuntará la documentación
justificativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes
del órgano de contratación.
Criterios de selección: Capacidad de producción y envasado necesario para
atender a la población objeto del contrato.
Se acreditará: mediante Declaración responsable del Representante legal de la
empresa de que en el momento de presentación de la oferta cuentan con la capacidad de producción y envasado necesario para atender satisfactoriamente a
toda la población objeto del servicio al que presenten oferta, durante todo el periodo de vigencia del contrato, para lo que se deberá disponer de más de una
fuente de producción y envasado, pudiendo éstas ser propias o contratadas por
el licitador. En este sentido se presentará una relación de las fuentes de producción y envasado indicando, en su caso, la fecha del contrato en firme suscrito y
su duración.
Deberá existir contrato firme entre la/s empresa/s productora/s y envasadora/s y
la entidad ofertante, debiendo estar ubicadas las instalaciones (planta de producción y envasadora) dentro de la Comunidad Económica Europea y cumplir con
la legislación actual sobre fabricación y suministro de gases medicinales.
El suministro deberá quedar garantizado para atender satisfactoriamente a la población objeto del servicio durante todo el periodo de vigencia de este contrato,
no debiendo contener cauciones, reservas de dominio o cláusulas que amenacen
de forma sustancial la totalidad o continuidad del suministro. La empresa deberá contar en cada momento con la suficiente reserva de almacenamiento, servicio técnico y de distribución necesarias para que los pacientes reciban la terapia
prescrita en las condiciones y/o tiempos establecidos. Deberá disponer de un to-

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Se acreditará mediante las cuentas anuales de la empresa, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial que corresponda. Los empresarios
no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar como
medio alternativo las cuentas anuales debidamente auditadas.
a.2) Solvencia técnica. Según el artículo 90 de la LCSP: 90.1.a) La solvencia técnica
o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse,
según el objeto del contrato, por los medios siguientes:
Capacidad de realización de procedimientos: Relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza a la que constituye el objeto del contrato, de cómo máximo los últimos tres años, en la que se indique importe, fecha, destinatario (público o privado).
Criterios de selección: Haber gestionado la realización de prestaciones de terapias respiratorias domiciliarias y otras técnicas de ventilación asistida, de las características definidas en el PPT, en el ámbito público y/o Privado, para al menos un Servicio Público de Salud o Entidad Aseguradora, los servicios
efectuados de al menos igual o superior al 70 % de la anualidad media del presupuesto de licitación.
Para determinar un trabajo o servicio de las mismas características que el objeto
del contrato se atenderá a los 3 primeros dígitos del CPV correspondiente a los
servicios o trabajos certificados.
Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, de
faltar este, por una declaración responsable del empresario acompañada de la
documentación justificativa de la realización de la prestación. Los trabajos se refieren, expresamente, a la prestación del Servicio que correspondan con la utilización de las técnicas descritas en los pliegos.