B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20241210-10)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se fija la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los aspirantes que han superado las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, se publica la relación de plazas ofertadas y se determina la entrega de documentación acreditativa
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 294

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se
fija la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los aspirantes que han superado las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso
a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior
Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, se publica la relación de
plazas ofertadas y se determina la entrega de documentación acreditativa.

Por Resolución de 7 de febrero de 2019, la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de febrero de 2019) se convocó pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico del Servicio Madrileño de Salud.
Mediante diversas Resoluciones (de 17 de abril de 2023, de 13 de septiembre de 2023,
de 12 de febrero de 2024) se han ido declarando que ha superado el proceso, aspirantes que
posteriormente por renuncia expresa o tácita, no tomaron posesión de la plaza asignada,
perdiendo con ello los derechos derivados de su participación.
La Base 8.7 de la convocatoria establece que, no obstante, con el fin de asegurar la cobertura de todas las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, tanto tácitas como expresas, antes de su nombramiento o toma de posesión, el
órgano convocante declarará superado el proceso selectivo a los aspirantes que sigan por
puntuación a los propuestos, para su nombramiento como personal estatutario fijo.
La necesidad de finalizar los procesos pendientes como consecuencia de la suspensión
de los plazos de los procedimientos por la pandemia del COVID 19 y por el proceso extraordinario de estabilización, conlleva que esta administración adopte las medidas oportunas para abreviar trámites y plazos y pueda finalizar la respectiva convocatoria, adjudicando todas las plazas a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, de
conformidad con uno de los principios rectores de los procedimientos, el de agilidad, sin
perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección (art. 55.2 del Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y el artículo 31.8 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del
Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud).
La base 8.3 de la convocatoria establece que la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Resolución por la que se hace pública la relación de
plazas convocadas, así como la fecha y el procedimiento para la elección de las mismas. En
esta resolución se determinará la forma para la presentación de la documentación requerida en la base novena. La elección de plazas se prevé que se realice por los aspirantes exclusivamente de forma electrónica. No obstante, el apartado 4 del artículo 5 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de
relacionarse por medios electrónicos con la administración de la Comunidad de Madrid del
personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, permite que por causas
excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con
el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todos o para
parte de los trámites y actuaciones.
Considerando que los procesos selectivos para la cobertura de plazas de estabilización, incluidas en las Oferta de Empleo Público, que han sido aprobadas en el marco de los
procesos de estabilización de empleo temporal previstos en el artículo 19.1.6 de la
Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y 19.1.9
de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, deberían estar resueltas y finalizadas antes del 31 de diciembre de 2024, se procede a estable-

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