D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241209-37)
Convenio – Convenio de 22 de noviembre de 2024, de cooperación educativa, entre el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 293
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 113
lización de las prácticas, horario, número total de horas y los centros y/o servicios
dónde desarrollaran el programa de prácticas. Este certificado deberá ser validado por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y se adjuntará como
parte inseparable del Anexo correspondiente.
g) El cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social previstas para las prácticas
formativas no remuneradas en la letra b) del apartado 4 de la Disposición Adicional
Quincuagésima Segunda del vigente texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, asumiendo
la condición de empresaria a los efectos en materia de Seguridad Social.
Sexta
Cobertura de riesgos
Todos los estudiantes del Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle que estén matriculados en alguna de sus enseñanzas oficiales y propias, estarán cubiertos por un
seguro de responsabilidad civil.
El seguro escolar cubre a los estudiantes matriculados en los respectivos centros universitarios y al corriente de la cuota correspondiente, que sean menores de 28 años, si bien
este seguro cubrirá todo el año escolar en el que el estudiante cumpla dicha edad. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar.
El Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle garantizará la suscripción de la
póliza de un seguro de accidentes por parte de los estudiantes mayores de 28 años matriculados en sus respectivos centros.
El seguro escolar protege a los estudiantes incluidos en su ámbito de aplicación de todas aquellas contingencias expresamente reconocidas, siempre y cuando los gastos sanitarios ocasionados se produzcan dentro del territorio nacional, de acuerdo con el principio de
territorialidad recogido en la Ley General de la Seguridad Social.
Séptima
Publicaciones
La elaboración de estudios o de cualquier otro trabajo que el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle desee llevar a cabo utilizando información obtenida como consecuencia de la realización de las prácticas objeto del presente convenio, necesitará la previa autorización y conformidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
quedando la publicación y edición, en su caso, sujeta a los términos y condiciones que ambas partes fijen. Esta posibilidad será acorde con el derecho del alumno en prácticas, consagrado en el apartado 9.1.e) del Real Decreto 592/2014 de 11 de julio, a la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.
El Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle realizará la petición de autorización a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, que será el órgano encargado de dictar la resolución correspondiente en el plazo máximo
de un mes y remitirla al Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle. Sobre dicha petición y la resolución correspondiente, el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle informará por escrito, en el plazo máximo de un mes, al estudiante. El incumplimiento de
este compromiso por cualquiera de las partes, será considerado como grave, conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera. Causas de resolución del convenio.
Octava
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento general de
protección de datos (RGPD) que corresponde al Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o
complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
BOCM-20241209-37
Confidencialidad y protección de datos personales
B.O.C.M. Núm. 293
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 113
lización de las prácticas, horario, número total de horas y los centros y/o servicios
dónde desarrollaran el programa de prácticas. Este certificado deberá ser validado por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y se adjuntará como
parte inseparable del Anexo correspondiente.
g) El cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social previstas para las prácticas
formativas no remuneradas en la letra b) del apartado 4 de la Disposición Adicional
Quincuagésima Segunda del vigente texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, asumiendo
la condición de empresaria a los efectos en materia de Seguridad Social.
Sexta
Cobertura de riesgos
Todos los estudiantes del Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle que estén matriculados en alguna de sus enseñanzas oficiales y propias, estarán cubiertos por un
seguro de responsabilidad civil.
El seguro escolar cubre a los estudiantes matriculados en los respectivos centros universitarios y al corriente de la cuota correspondiente, que sean menores de 28 años, si bien
este seguro cubrirá todo el año escolar en el que el estudiante cumpla dicha edad. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar.
El Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle garantizará la suscripción de la
póliza de un seguro de accidentes por parte de los estudiantes mayores de 28 años matriculados en sus respectivos centros.
El seguro escolar protege a los estudiantes incluidos en su ámbito de aplicación de todas aquellas contingencias expresamente reconocidas, siempre y cuando los gastos sanitarios ocasionados se produzcan dentro del territorio nacional, de acuerdo con el principio de
territorialidad recogido en la Ley General de la Seguridad Social.
Séptima
Publicaciones
La elaboración de estudios o de cualquier otro trabajo que el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle desee llevar a cabo utilizando información obtenida como consecuencia de la realización de las prácticas objeto del presente convenio, necesitará la previa autorización y conformidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
quedando la publicación y edición, en su caso, sujeta a los términos y condiciones que ambas partes fijen. Esta posibilidad será acorde con el derecho del alumno en prácticas, consagrado en el apartado 9.1.e) del Real Decreto 592/2014 de 11 de julio, a la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.
El Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle realizará la petición de autorización a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, que será el órgano encargado de dictar la resolución correspondiente en el plazo máximo
de un mes y remitirla al Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle. Sobre dicha petición y la resolución correspondiente, el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle informará por escrito, en el plazo máximo de un mes, al estudiante. El incumplimiento de
este compromiso por cualquiera de las partes, será considerado como grave, conforme a lo establecido en la cláusula decimotercera. Causas de resolución del convenio.
Octava
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento general de
protección de datos (RGPD) que corresponde al Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o
complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
BOCM-20241209-37
Confidencialidad y protección de datos personales