D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241209-37)
Convenio –  Convenio de 22 de noviembre de 2024, de cooperación educativa, entre el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 293

vestigación que se llevan a cabo en el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle
con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos.
V. En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes suscribir este convenio
con la pretensión de establecer adecuadas fórmulas de cooperación y promover así una relación más intensa y estrecha entre ellas.
Por ello, el presente convenio se celebra conforme a los intereses en común expuestos
y en la seguridad de que redundará en un beneficio para las partes firmantes, para el alumnado del Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle, para los empleados públicos
autonómicos y para la propia sociedad madrileña, en su conjunto.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes suscriben el presente convenio de acuerdo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Este convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle, con el fin de determinar las condiciones
en las que los estudiantes del Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle realizarán las prácticas externas de los diferentes estudios de grado y posgrado en los centros y
servicios dependientes de la Consejería, además de la participación en aquellas actividades
curriculares promovidas por cualquiera de estas dos instituciones que se consideren de interés en base a las funciones que cada una tiene encomendadas.
Segunda
Relaciones jurídicas
La relación que se establezca entre el estudiante en prácticas y la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, no supondrá
más compromiso que el estipulado en el presente convenio y de la misma no se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral, ya que no tendrá dicho carácter.
Si al término de los estudios el alumno se incorporase a la plantilla del centro o servicio dependiente de la de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, el tiempo
de prácticas no podrá computarse a efectos de antigüedad.
En el ámbito de las Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público y demás
Organismos Públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas externas no
podrá tener consideración de mérito para el acceso a la función pública, ni será computada
a efectos de antigüedad o reconocimientos de servicios nuevos.
Tercera
1. La realización de prácticas estará dirigida a aquellos estudiantes matriculados en
el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle para la obtención de una titulación
universitaria. Los estudiantes podrán ser beneficiarios de las actuaciones contenidas en este
convenio siempre y cuando mantengan su relación académica con dicha entidad. A estos
efectos, se entenderá que los estudiantes que finalicen sus estudios durante la realización
del período de prácticas, permanecerán en la consideración de estudiantes hasta la finalización del curso académico en que se encuentren matriculados. Con respecto a la duración de
las prácticas, estas no excederán del tiempo máximo permitido en la normativa vigente.
2. El desarrollo de las prácticas se establecerá de acuerdo con las características de
las mismas y las disponibilidades de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales. Los horarios serán compatibles con la actividad académica y formativa y de representación y participación desarrollado por el estudiante en el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle, debiendo el alumno comunicarlas con antelación suficiente al
profesional-tutor del centro o servicio de prácticas.
3. El Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle seleccionará los estudiantes que, reuniendo los requisitos exigidos por la normativa universitaria vigente y dentro de

BOCM-20241209-37

Desarrollo de las prácticas formativas