D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241207-10)
Convenio – Adenda de 18 de noviembre de 2024, de modificación y prórroga para el período 1 de diciembre de 2024 a 30 de noviembre de 2025, ambos inclusive, del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Parla, para articular la atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 7 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 181
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
10
ADENDA de 18 de noviembre de 2024, de modificación y prórroga para el período 1 de diciembre de 2024 a 30 de noviembre de 2025, ambos inclusive, del
convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Parla, para articular la atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional.
Madrid, a 18 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Excmo. Sr. D. Ramón Jurado Rodríguez, Alcalde de Parla, actuando en
virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y elegido en la Sesión Plenaria de Constitución del
Excmo. Ayuntamiento, celebrada el día 17 de junio 2023.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y
MANIFIESTAN
Primero
Que el día 30 de noviembre de 2020, la Comunidad de Madrid, a través de la entonces
Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, y el Ayuntamiento de Parla, suscribieron un convenio para la atención a personas con discapacidad intelectual en
centro ocupacional, para un plazo de vigencia de un año. Esta vigencia se inició el día 1 de
diciembre de 2020 y finaliza, por tanto, el 30 de noviembre de 2021, existiendo la posibilidad de prorrogarse por períodos de, como máximo, la misma duración que el plazo de vigencia inicial, durante un máximo de cuatro años, mediante acuerdo expreso de las partes,
adoptado en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto de vigencia.
Que, como consecuencia de este convenio, el Ayuntamiento de Parla pone a disposición
de la Comunidad de Madrid 80 plazas del centro ocupacional “Villa de Parla”, sito en avenida
de América, número 47, de Parla, e inscrito en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de
Acción Social de la Comunidad de Madrid con el número de inscripción registral C1559. De estas plazas la Consejería financia el 80 por 100 y el Ayuntamiento el 20 por 100 restante.
Tercero
Que, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio, los precios
acordados, tanto para la plaza ocupada como para la plaza en ausencia, garantizan la atención
especificada en el Anexo I del convenio, comprendiendo todos los conceptos que se deban
abonar por dicha plaza, incluidas las tasas e impuestos que procedan. En el supuesto de que
el usuario no utilice el servicio de transporte, el precio se reduce en un 5 por 100.
BOCM-20241207-10
Segundo
B.O.C.M. Núm. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 7 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 181
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
10
ADENDA de 18 de noviembre de 2024, de modificación y prórroga para el período 1 de diciembre de 2024 a 30 de noviembre de 2025, ambos inclusive, del
convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Parla, para articular la atención a personas con discapacidad intelectual en centro ocupacional.
Madrid, a 18 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Excmo. Sr. D. Ramón Jurado Rodríguez, Alcalde de Parla, actuando en
virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y elegido en la Sesión Plenaria de Constitución del
Excmo. Ayuntamiento, celebrada el día 17 de junio 2023.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y
MANIFIESTAN
Primero
Que el día 30 de noviembre de 2020, la Comunidad de Madrid, a través de la entonces
Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, y el Ayuntamiento de Parla, suscribieron un convenio para la atención a personas con discapacidad intelectual en
centro ocupacional, para un plazo de vigencia de un año. Esta vigencia se inició el día 1 de
diciembre de 2020 y finaliza, por tanto, el 30 de noviembre de 2021, existiendo la posibilidad de prorrogarse por períodos de, como máximo, la misma duración que el plazo de vigencia inicial, durante un máximo de cuatro años, mediante acuerdo expreso de las partes,
adoptado en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto de vigencia.
Que, como consecuencia de este convenio, el Ayuntamiento de Parla pone a disposición
de la Comunidad de Madrid 80 plazas del centro ocupacional “Villa de Parla”, sito en avenida
de América, número 47, de Parla, e inscrito en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de
Acción Social de la Comunidad de Madrid con el número de inscripción registral C1559. De estas plazas la Consejería financia el 80 por 100 y el Ayuntamiento el 20 por 100 restante.
Tercero
Que, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio, los precios
acordados, tanto para la plaza ocupada como para la plaza en ausencia, garantizan la atención
especificada en el Anexo I del convenio, comprendiendo todos los conceptos que se deban
abonar por dicha plaza, incluidas las tasas e impuestos que procedan. En el supuesto de que
el usuario no utilice el servicio de transporte, el precio se reduce en un 5 por 100.
BOCM-20241207-10
Segundo