Valdelaguna (BOCM-20241205-92)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 290

JUEVES 5 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 255

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
92

VALDELAGUNA
RÉGIMEN ECONÓMICO

D. Pablo Morate Haro, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Valdelaguna
(Madrid).
En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Atendiendo a las necesidades de Tesorería y para mantener este servicio en situación
idéntica a la de ejercicios anteriores, resuelvo:
Aprobar el siguiente calendario de recaudación para el ejercicio 2025, en período voluntario:
TRIBUTO

PERIODO DE PAGO

Impuesto sobre Vehículos de tracción mecánica

Del 1 de marzo al 30 de abril

Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana 1º

Del 1 de mayo al 30 de junio

Tasa por prestación del servicio de recogida de basura

Del 15 de julio al 14 de septiembre

Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana 2º

Del 1 de octubre al 30 de noviembre

Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica

Del 1 de octubre al 30 de noviembre

Impuesto sobre Actividades Económicas

Del 1 de octubre al 30 de noviembre

El ingreso de las cantidades adeudadas se efectuará a través de las cuentas abiertas por
este Ayuntamiento, cuentas restringidas de recaudación, en las siguientes entidades:
CAIXABANK

ES63 2100 2898 0713 0040 1585

BANCO SANTANDER

ES28 0049 6812 7024 1000 8553

BOCM-20241205-92

Los recibos domiciliarios se pasarán al cobro en la mitad el período de pago voluntario.
En el caso de que el primero o el último día de pago, coincida en sábado, domingo o
festivo, la fecha de inicio o de terminación del período de pago, se trasladará al primer día
hábil posterior.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por
el procedimiento de apremio, devengando el recargo correspondiente, intereses y, en su
caso, costas del procedimiento, de acuerdo con lo establecido en la Ley General Tributaria
y Reglamento General de Recaudación.
Los padrones correspondientes a cada tributo estarán expuestos al público en el Ayuntamiento, durante el plazo de treinta días anteriores al inicio del período de recaudación,
para su comprobación y presentación de las reclamaciones procedentes.
Valdelaguna, a 26 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Pablo Morate Haro.
(01/19.503/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791