Pezuela de las Torres (BOCM-20241204-92)
Personal. Relación puestos trabajo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 289

MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 2024

Pág. 265

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
92

PEZUELA DE LAS TORRES
PERSONAL

Habiendo concluido la aprobación de la modificación de la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 21
de noviembre de 2024.
De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por medio del presente anuncio, se procede a la publicación
íntegra de la mencionada modificación, de cuerdo con el siguiente detalle:
Primero.—Asimilar la retribución de los puestos de trabajo de Técnicos de Desarrollo
Local a la que perciben los funcionarios, con objeto de unificar las retribuciones de todo el
personal municipal (equiparándolas a las percibidas por funcionarios), y todo ello de acuerdo con el siguiente detalle:
DENOMINACION

NAT

CLAS

N.P

N.V

G

TITUL

C.D.

C.E.

F.P.

JORNADA

L

LF

2

0

A1

Licenciado/Grado

20

9.244

C

100%

OPCIÓN
OBSERV3
TELETRABAJO

Administración
General
Técnico de
Desarrollo Local

SI

Compartido
con resto
de UF

La valoración del complemento de destino y complemento específico se he realizado
de acuerdo con los criterios utilizados en la valoración inicial de puestos de trabajo realizada con objeto de la aprobación de la relación de puestos de trabajo del año 2022 publicada
en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril.
Segundo.—Modificar la jornada de trabajo de los puestos de Educadores de Casa
de Niños (para ajustarla a las necesidades de los puestos), y todo ello de acuerdo con el
siguiente detalle:
DENOMINACION

OPCIÓN
OBSERV 3
TELETRABAJO

NAT

CLAS

N.P

N.V

G

TITUL

C.D.

C.E.

F.P.

JORNADA

Educador Casa Niños

L

LF

2

0

C1

B/T

13

6.111,04

C

86%

no

vinculado a
convenio
CAM

Educador Casa Niños

L

LF

1

0

C1

B/T

13

6.111,04

C

100%

no

vinculado a
convenio
CAM

Contra el acuerdo Plenario, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advierte que, si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso
que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Pezuela de las Torres, a 25 de noviembre de 2024.—El alcalde, José Pío Carmena Servert.
(03/19.364/24)
http://www.bocm.es

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ISSN 1989-4791

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