B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241203-4)
Nombramiento – Orden de 26 de noviembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombra personal funcionario de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Operador, Grupo C, Subgrupo C1
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 27
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
4
ORDEN de 26 de noviembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se nombra personal funcionario de carrera del Cuerpo de
Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Operador, Grupo C, Subgrupo C1.
A la vista de la Resolución de 25 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de noviembre), de la Dirección General de Función Pública, por la
que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Operador, Grupo C, Subgrupo C1, convocado por la Orden 681/2021, de 30 de noviembre (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de diciembre), de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
En su virtud y, de conformidad con lo dispuesto en la base décima de la citada convocatoria, la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatoria del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de
administración y servicios y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de
Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las
que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función
Pública de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, de aplicación supletoria en la Comunidad de Madrid, y el artículo 2 del
Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de
la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Órganos
de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal,
DISPONGO
Primero
Nombrar personal funcionario de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad
de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de
Operador, Grupo C, Subgrupo C1, a la personas aspirantes que figuran en el Anexo de la
presente Orden, ordenados según la puntuación obtenida, con la expresión de los puestos
de trabajo que se adjudican.
Para adquirir la condición de personal funcionario de carrera, de conformidad con lo
establecido en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de
Madrid, y el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, sobre Juramento en la toma de posesión
de cargos o funcionarios públicos, deberán prestar juramento o promesa y tomar posesión
en el puesto de trabajo en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la
presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a cuyo efecto deberá presentarse en la Dirección General de Recursos Humanos, División de Situaciones
Administrativas y Provisión de Personal Funcionario, sita en plaza de Chamberí, número 8,
dentro del plazo indicado, decayendo en su derecho en caso de no hacerlo, salvo en el supuesto de concesión de prórroga, previa solicitud debidamente justificada.
BOCM-20241203-4
Segundo
B.O.C.M. Núm. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 27
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
4
ORDEN de 26 de noviembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se nombra personal funcionario de carrera del Cuerpo de
Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Operador, Grupo C, Subgrupo C1.
A la vista de la Resolución de 25 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de noviembre), de la Dirección General de Función Pública, por la
que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de Operador, Grupo C, Subgrupo C1, convocado por la Orden 681/2021, de 30 de noviembre (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de diciembre), de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
En su virtud y, de conformidad con lo dispuesto en la base décima de la citada convocatoria, la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatoria del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de
administración y servicios y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de
Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las
que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función
Pública de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, de aplicación supletoria en la Comunidad de Madrid, y el artículo 2 del
Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de
la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Órganos
de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal,
DISPONGO
Primero
Nombrar personal funcionario de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad
de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Especialidad de Comunicaciones, Categoría de
Operador, Grupo C, Subgrupo C1, a la personas aspirantes que figuran en el Anexo de la
presente Orden, ordenados según la puntuación obtenida, con la expresión de los puestos
de trabajo que se adjudican.
Para adquirir la condición de personal funcionario de carrera, de conformidad con lo
establecido en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de
Madrid, y el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, sobre Juramento en la toma de posesión
de cargos o funcionarios públicos, deberán prestar juramento o promesa y tomar posesión
en el puesto de trabajo en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la
presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a cuyo efecto deberá presentarse en la Dirección General de Recursos Humanos, División de Situaciones
Administrativas y Provisión de Personal Funcionario, sita en plaza de Chamberí, número 8,
dentro del plazo indicado, decayendo en su derecho en caso de no hacerlo, salvo en el supuesto de concesión de prórroga, previa solicitud debidamente justificada.
BOCM-20241203-4
Segundo