D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241203-47)
Convenio – Adenda de 8 de noviembre de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Fuenlabrada para articular la atención a personas mayores en la Residencia de Personas Mayores Municipal de Fuenlabrada
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BOCM
Pág. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 288
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
47
ADENDA de 8 de noviembre de 2024, de prórroga de del Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Fuenlabrada para articular la
atención a personas mayores en la Residencia de Personas Mayores Municipal
de Fuenlabrada.
Madrid, a 8 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Francisco Javier Ayala Ortega, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de
Fuenlabrada elegido por Acuerdo del Pleno 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento en virtud de su cargo y de las atribuciones que le confiere el
artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en el marco de las competencias atribuidas a los municipios en materia de
Servicios Sociales por el artículo 11.d) de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios
Sociales de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 y
disposición adicional primera de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen
Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de prórroga.
EXPONEN
ACUERDAN
Formalizar la presente Adenda de prórroga al convenio, con arreglo a las siguientes,
BOCM-20241203-47
Que el 28 de diciembre de 2022, suscribieron convenio de colaboración para articular
la atención a personas mayores en la Residencia de personas mayores municipal de Fuenlabrada para el año 2023, con un plazo de vigencia de un año, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2023.
Que con fecha 12 de diciembre de 2023, suscribieron una Adenda de prórroga del citado convenio para el año 2024.
Que ambas partes desean continuar colaborando durante el ejercicio de 2025 en la gestión de los servicios de atención a las personas dependientes en la Residencia de personas
mayores municipal de Fuenlabrada.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, en aplicación del artículo 10.4.b) de la
Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid
a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, este convenio de colaboración no precisa adaptación.
Pág. 156
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MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 288
I. COMUNIDAD DE MADRID
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47
ADENDA de 8 de noviembre de 2024, de prórroga de del Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Fuenlabrada para articular la
atención a personas mayores en la Residencia de Personas Mayores Municipal
de Fuenlabrada.
Madrid, a 8 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Francisco Javier Ayala Ortega, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de
Fuenlabrada elegido por Acuerdo del Pleno 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento en virtud de su cargo y de las atribuciones que le confiere el
artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en el marco de las competencias atribuidas a los municipios en materia de
Servicios Sociales por el artículo 11.d) de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios
Sociales de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 y
disposición adicional primera de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen
Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de prórroga.
EXPONEN
ACUERDAN
Formalizar la presente Adenda de prórroga al convenio, con arreglo a las siguientes,
BOCM-20241203-47
Que el 28 de diciembre de 2022, suscribieron convenio de colaboración para articular
la atención a personas mayores en la Residencia de personas mayores municipal de Fuenlabrada para el año 2023, con un plazo de vigencia de un año, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2023.
Que con fecha 12 de diciembre de 2023, suscribieron una Adenda de prórroga del citado convenio para el año 2024.
Que ambas partes desean continuar colaborando durante el ejercicio de 2025 en la gestión de los servicios de atención a las personas dependientes en la Residencia de personas
mayores municipal de Fuenlabrada.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, en aplicación del artículo 10.4.b) de la
Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid
a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, este convenio de colaboración no precisa adaptación.