Valdemoro (BOCM-20241202-105)
Urbanismo. Plan general
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 283
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
105
VALDEMORO
URBANISMO
BOCM-20241202-105
El Pleno del Ayuntamiento de Valdemoro, en sesión celebrada el día 4 de julio de 2024,
acordó aprobar inicialmente el “criterio de interpretación sobre consideración de superficie
mínima en ordenanza 3 “Comercial Gran Superficie” del Sector UDE “Oeste-Norte” del
Plan General de Valdemoro” en el siguiente sentido:
«A efectos de parcelaciones en los terrenos del Sector UDE Oeste-Norte del Plan General de Valdemoro, donde resulta de aplicación la ordenanza 3 “Comercial Gran Superficie”, se establece como parcela mínima a segregar aquella que tenga una superficie mínima de 10.000 m2, con un frente mínimo de parcela de 70 metros y que permita inscribir en
su interior un círculo de diámetro de 70 metros».
Durante el período de exposición pública, que tuvo lugar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 173, de 22 de julio de 2024, en el tablón de edictos del
Ayuntamiento (desde el 11 de julio al 12 de agosto), en la página web del Ayuntamiento (desde el 16 de julio al 15 de agosto), no se han presentado alegaciones según consta en el certificado de la vicesecretaria del Ayuntamiento de Valdemoro, de 18 de noviembre de 2024, con
código de validación W987J-YXE2L-UHTD1. También se ha dado traslado de este acuerdo a
la Comunidad de Madrid, Dirección General de Urbanismo, con fecha 12 de julio de 2024.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente, el acuerdo
se considera aprobado definitivamente, sin necesidad de ulterior trámite.
Valdemoro, a 20 de noviembre de 2024.—El alcalde, David Conde Rodríguez.
(03/19.198/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 283
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
105
VALDEMORO
URBANISMO
BOCM-20241202-105
El Pleno del Ayuntamiento de Valdemoro, en sesión celebrada el día 4 de julio de 2024,
acordó aprobar inicialmente el “criterio de interpretación sobre consideración de superficie
mínima en ordenanza 3 “Comercial Gran Superficie” del Sector UDE “Oeste-Norte” del
Plan General de Valdemoro” en el siguiente sentido:
«A efectos de parcelaciones en los terrenos del Sector UDE Oeste-Norte del Plan General de Valdemoro, donde resulta de aplicación la ordenanza 3 “Comercial Gran Superficie”, se establece como parcela mínima a segregar aquella que tenga una superficie mínima de 10.000 m2, con un frente mínimo de parcela de 70 metros y que permita inscribir en
su interior un círculo de diámetro de 70 metros».
Durante el período de exposición pública, que tuvo lugar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 173, de 22 de julio de 2024, en el tablón de edictos del
Ayuntamiento (desde el 11 de julio al 12 de agosto), en la página web del Ayuntamiento (desde el 16 de julio al 15 de agosto), no se han presentado alegaciones según consta en el certificado de la vicesecretaria del Ayuntamiento de Valdemoro, de 18 de noviembre de 2024, con
código de validación W987J-YXE2L-UHTD1. También se ha dado traslado de este acuerdo a
la Comunidad de Madrid, Dirección General de Urbanismo, con fecha 12 de julio de 2024.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente, el acuerdo
se considera aprobado definitivamente, sin necesidad de ulterior trámite.
Valdemoro, a 20 de noviembre de 2024.—El alcalde, David Conde Rodríguez.
(03/19.198/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791