Buitrago del Lozoya (BOCM-20241202-63)
Urbanismo. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 287
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
BUITRAGO DEL LOZOYA
URBANISMO
BOCM-20241202-63
Mediante resolución dictada por parte de esta Alcaldía, mediante decreto número 906/2024, de 19 de noviembre de 2024, se ha acordado lo siguiente:
“Procedimiento: aprobación del “Plan Especial de Infraestructuras para la Implantación de tres Plantas Solares Fotovoltaicas y su LAT de Evacuación en Buitrago de Lozoya
(Madrid)”.
(…)
Primero.—Admitir a trámite la solicitud y aprobar inicialmente el “Plan Especial de Infraestructuras para la Implantación de tres Plantas Solares Fotovoltaicas y su LAT de Evacuación en Buitrago de Lozoya (Madrid)”, de iniciativa privada, redactado por Arnaiz Arquitectos SLP, que desarrolla las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de
Buitrago del Lozoya, con el cumplimiento de las condiciones referidas en el Informe Técnico emitido por parte de la Sra. arquitecta municipal.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública durante el plazo
de un mes, mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad Autónoma, en el tablón
de edictos y en la página web del Ayuntamiento.
La documentación sometida a información pública dará cumplimiento en lo que resulte aplicable a lo señalado en el artículo 56 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julo, del Suelo de
la Comunidad de Madrid.
Tercero.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas que, incluidas en el
ámbito comprendido en el Plan Especial, pudieran resultar afectadas por sus determinaciones. Dicha suspensión se extinguirá con la aprobación definitiva del Plan Especial y su duración máxima será de dos años.
Cuarto.—Solicitar la emisión de los siguientes Informes sectoriales:
(…)
Lo cual se hace público para general conocimiento, encontrándose el expediente de manifiesto en los Servicios Técnicos Municipales, al objeto de que pueda ser examinado por
cualquier persona interesada y formular por escrito cuantas alegaciones estimen pertinentes,
las cuales habrán de ser presentadas en el Registro General de Entradas Municipal y todo ello
dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.1, puesto en relación con el artículo 57,
letra b), ambos de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
En Buitrago del Lozoya, a 20 de noviembre de 2024.—El alcalde, Francisco Javier del
Valle Morales.
(02/19.050/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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63
BUITRAGO DEL LOZOYA
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Mediante resolución dictada por parte de esta Alcaldía, mediante decreto número 906/2024, de 19 de noviembre de 2024, se ha acordado lo siguiente:
“Procedimiento: aprobación del “Plan Especial de Infraestructuras para la Implantación de tres Plantas Solares Fotovoltaicas y su LAT de Evacuación en Buitrago de Lozoya
(Madrid)”.
(…)
Primero.—Admitir a trámite la solicitud y aprobar inicialmente el “Plan Especial de Infraestructuras para la Implantación de tres Plantas Solares Fotovoltaicas y su LAT de Evacuación en Buitrago de Lozoya (Madrid)”, de iniciativa privada, redactado por Arnaiz Arquitectos SLP, que desarrolla las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de
Buitrago del Lozoya, con el cumplimiento de las condiciones referidas en el Informe Técnico emitido por parte de la Sra. arquitecta municipal.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública durante el plazo
de un mes, mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad Autónoma, en el tablón
de edictos y en la página web del Ayuntamiento.
La documentación sometida a información pública dará cumplimiento en lo que resulte aplicable a lo señalado en el artículo 56 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julo, del Suelo de
la Comunidad de Madrid.
Tercero.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas que, incluidas en el
ámbito comprendido en el Plan Especial, pudieran resultar afectadas por sus determinaciones. Dicha suspensión se extinguirá con la aprobación definitiva del Plan Especial y su duración máxima será de dos años.
Cuarto.—Solicitar la emisión de los siguientes Informes sectoriales:
(…)
Lo cual se hace público para general conocimiento, encontrándose el expediente de manifiesto en los Servicios Técnicos Municipales, al objeto de que pueda ser examinado por
cualquier persona interesada y formular por escrito cuantas alegaciones estimen pertinentes,
las cuales habrán de ser presentadas en el Registro General de Entradas Municipal y todo ello
dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.1, puesto en relación con el artículo 57,
letra b), ambos de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
En Buitrago del Lozoya, a 20 de noviembre de 2024.—El alcalde, Francisco Javier del
Valle Morales.
(02/19.050/24)
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ISSN 1989-4791