Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20241202-92)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 287
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
92
RIVAS-VACIAMADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241202-92
Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada
el día 28 de noviembre de 2024, el expediente de modificación de crédito 25/2024 para
aprobación posterior de expediente extrajudicial de crédito, estará de manifiesto al público
en la sede electrónica del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid
https://www.rivasciudad.es/servicio/hacienda/2024/11/27/expediente-de-modificacionde-credito-25-2024/862600240622/
por espacio de quince días hábiles, durante cuyo plazo los interesados podrán examinarlos
y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes ante el Pleno de esta Entidad con
arreglo a los artículos 169, 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a
través del trámite
https://www.rivasciudad.es/tramite/alegaciones-reclamaciones-a-publicaciones-en-periodode-informacion-publica/
El expediente se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no
se hubiesen presentado reclamaciones.
Podrán no ser tenidas en cuenta las reclamaciones que no sean presentadas a través del
trámite establecido para tal efecto.
Norma que lo justifica:
Artículo 66.6-Título IV-Capítulo II-Sección 3.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Cuando la Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de
presentación de solicitudes, estos serán de uso obligatorio por los interesados”.
En Rivas-Vaciamadrid, a 28 de noviembre de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Aida
Castillejo Parrilla.
(03/19.709/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 287
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
92
RIVAS-VACIAMADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241202-92
Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada
el día 28 de noviembre de 2024, el expediente de modificación de crédito 25/2024 para
aprobación posterior de expediente extrajudicial de crédito, estará de manifiesto al público
en la sede electrónica del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid
https://www.rivasciudad.es/servicio/hacienda/2024/11/27/expediente-de-modificacionde-credito-25-2024/862600240622/
por espacio de quince días hábiles, durante cuyo plazo los interesados podrán examinarlos
y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes ante el Pleno de esta Entidad con
arreglo a los artículos 169, 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a
través del trámite
https://www.rivasciudad.es/tramite/alegaciones-reclamaciones-a-publicaciones-en-periodode-informacion-publica/
El expediente se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no
se hubiesen presentado reclamaciones.
Podrán no ser tenidas en cuenta las reclamaciones que no sean presentadas a través del
trámite establecido para tal efecto.
Norma que lo justifica:
Artículo 66.6-Título IV-Capítulo II-Sección 3.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Cuando la Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de
presentación de solicitudes, estos serán de uso obligatorio por los interesados”.
En Rivas-Vaciamadrid, a 28 de noviembre de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Aida
Castillejo Parrilla.
(03/19.709/24)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791