C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241202-19)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 15 de noviembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones gestionadas por la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid para el año 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 123
ocupadas, así como personas con discapacidad que procedan de centros especiales de empleo, siempre que, en ambos casos, se encuentren en alguno de los supuestos que se describen a continuación:
a) Personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental o discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100, así como personas sordas y con discapacidad
auditiva con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
Asimismo, serán destinatarias finales, las personas inscritas en los Servicios Públicos
de Empleo como demandantes de empleo no ocupadas que acrediten oficialmente, según
los baremos vigentes de valoración de la situación de discapacidad, al menos un 20 por 100
de discapacidad intelectual y que no alcancen el 33 por 100 según lo establecido en el Real
Decreto 368/2021, de 25 de mayo, sobre medidas de acción positiva para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite.
4. Fuentes de financiación y coste previsible.
La financiación de las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional, distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado que será destinado a esta medida es de 550.000 euros.
5. Plazo de ejecución.
Anual.
6. Efectos y resultados perseguidos.
Facilitar la inserción laboral y de la permanencia en el empleo en las empresas del mercado ordinario de trabajo de las personas con discapacidad con especiales dificultades de
inserción.
Con el presupuesto asignado está previsto alcanzar a un número de 112 destinatarios.
7. Procedimiento de concesión.
Concurrencia competitiva.
8. Indicadores específicos.
— Número de preparadores laborales contratados cuya actividad se subvenciona.
— Número de trabajadores con discapacidad severa que participan en el programa
desglosado por sexo y edad.
1. Objetivos que se pretenden alcanzar.
Promover la integración laboral de los trabajadores con discapacidad en Centros Especiales de Empleo mediante la financiación de los costes salariales en una cuantía que puede variar entre el 40 y el 60 por 100 del salario mínimo interprofesional vigente durante el
período subvencionable o la parte proporcional del tiempo efectivamente trabajado, en función del tipo y grado de discapacidad de las personas destinatarias últimas de este programa, así como la estabilidad de los puestos de trabajo que ocupan.
2. Beneficiarios.
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en este acuerdo las entidades
titulares de los Centros Especiales de Empleo y dichos Centros cuando tengan personalidad
jurídica propia y figuren debidamente inscritos y calificados en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.
3. Personas destinatarias.
Las personas con discapacidad residentes en la Comunidad de Madrid que sean contratadas por los Centros Especiales de Empleo inscritos y calificados en el Registro de Centros
Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid y presten sus servicios en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma. Se considerará personas con discapacidad aquellas a
quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
BOCM-20241202-19
6. Subvenciones destinadas a financiar el coste salarial de las personas
con discapacidad contratadas en centros especiales de empleo
del ámbito de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
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ocupadas, así como personas con discapacidad que procedan de centros especiales de empleo, siempre que, en ambos casos, se encuentren en alguno de los supuestos que se describen a continuación:
a) Personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental o discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100, así como personas sordas y con discapacidad
auditiva con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
Asimismo, serán destinatarias finales, las personas inscritas en los Servicios Públicos
de Empleo como demandantes de empleo no ocupadas que acrediten oficialmente, según
los baremos vigentes de valoración de la situación de discapacidad, al menos un 20 por 100
de discapacidad intelectual y que no alcancen el 33 por 100 según lo establecido en el Real
Decreto 368/2021, de 25 de mayo, sobre medidas de acción positiva para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite.
4. Fuentes de financiación y coste previsible.
La financiación de las subvenciones se efectuará con fondos de empleo de ámbito nacional, distribuidos para su gestión por la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
El presupuesto estimado que será destinado a esta medida es de 550.000 euros.
5. Plazo de ejecución.
Anual.
6. Efectos y resultados perseguidos.
Facilitar la inserción laboral y de la permanencia en el empleo en las empresas del mercado ordinario de trabajo de las personas con discapacidad con especiales dificultades de
inserción.
Con el presupuesto asignado está previsto alcanzar a un número de 112 destinatarios.
7. Procedimiento de concesión.
Concurrencia competitiva.
8. Indicadores específicos.
— Número de preparadores laborales contratados cuya actividad se subvenciona.
— Número de trabajadores con discapacidad severa que participan en el programa
desglosado por sexo y edad.
1. Objetivos que se pretenden alcanzar.
Promover la integración laboral de los trabajadores con discapacidad en Centros Especiales de Empleo mediante la financiación de los costes salariales en una cuantía que puede variar entre el 40 y el 60 por 100 del salario mínimo interprofesional vigente durante el
período subvencionable o la parte proporcional del tiempo efectivamente trabajado, en función del tipo y grado de discapacidad de las personas destinatarias últimas de este programa, así como la estabilidad de los puestos de trabajo que ocupan.
2. Beneficiarios.
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en este acuerdo las entidades
titulares de los Centros Especiales de Empleo y dichos Centros cuando tengan personalidad
jurídica propia y figuren debidamente inscritos y calificados en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.
3. Personas destinatarias.
Las personas con discapacidad residentes en la Comunidad de Madrid que sean contratadas por los Centros Especiales de Empleo inscritos y calificados en el Registro de Centros
Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid y presten sus servicios en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma. Se considerará personas con discapacidad aquellas a
quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
BOCM-20241202-19
6. Subvenciones destinadas a financiar el coste salarial de las personas
con discapacidad contratadas en centros especiales de empleo
del ámbito de la Comunidad de Madrid