C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241202-24)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 3758/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan para el año 2025 las ayudas destinadas a entidades locales, para fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid reguladas por la Orden 59/2023, de 12 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 142
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 287
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
24
EXTRACTO de la Orden 3758/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan para el año 2025 las ayudas destinadas a entidades locales, para fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid reguladas por la Orden 59/2023, de 12 de julio,
de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
BDNS (798849)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en BDNS http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index
Primero
Beneficiarios
Las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Objeto
La potenciación del gasto corriente y de la inversión en protección animal, con el fin
de que se apliquen las medidas contempladas en la Ley 4/2016, sobre Protección de los Animales de Compañía en la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 59/2023, de 12 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas ayudas destinadas a
fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Cuantía de las ayudas
Estas ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva. La cuantía final de
la ayuda quedará condicionada a las disponibilidades presupuestarias existentes y al posible prorrateo que corresponda en función del artículo 10 de la Orden 59/2023, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de determinadas ayudas destinadas a fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid.
La cuantía de la subvención será de hasta un 70 por 100 del total del gasto corriente y
de la inversión aprobada del centro de acogida. El impuesto sobre el valor añadido (IVA)
no será subvencionable, salvo cuando no sea recuperable.
Financiación
Estas ayudas se convocan con cargo a los subconceptos 46309 y 76309 del programa 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025 por el siguiente importe:
1. Las ayudas con cargo a la posición presupuestaria 76309, serán dotadas con crédito de 450.000 euros.
BOCM-20241202-24
Quinto
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 142
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 287
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
24
EXTRACTO de la Orden 3758/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan para el año 2025 las ayudas destinadas a entidades locales, para fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid reguladas por la Orden 59/2023, de 12 de julio,
de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
BDNS (798849)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en BDNS http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index
Primero
Beneficiarios
Las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Objeto
La potenciación del gasto corriente y de la inversión en protección animal, con el fin
de que se apliquen las medidas contempladas en la Ley 4/2016, sobre Protección de los Animales de Compañía en la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 59/2023, de 12 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas ayudas destinadas a
fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Cuantía de las ayudas
Estas ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva. La cuantía final de
la ayuda quedará condicionada a las disponibilidades presupuestarias existentes y al posible prorrateo que corresponda en función del artículo 10 de la Orden 59/2023, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de determinadas ayudas destinadas a fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid.
La cuantía de la subvención será de hasta un 70 por 100 del total del gasto corriente y
de la inversión aprobada del centro de acogida. El impuesto sobre el valor añadido (IVA)
no será subvencionable, salvo cuando no sea recuperable.
Financiación
Estas ayudas se convocan con cargo a los subconceptos 46309 y 76309 del programa 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025 por el siguiente importe:
1. Las ayudas con cargo a la posición presupuestaria 76309, serán dotadas con crédito de 450.000 euros.
BOCM-20241202-24
Quinto