D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241202-46)
Convenio – Convenio de colaboración de 6 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para la atención en adicciones, abuso y uso inadecuado de las tecnologías de la relación, comunicación e información a adolescentes y sus familias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 181
el bienestar psicológico y la vida de los niños, así como programas de formación dirigidos
a los profesionales de instituciones públicas y privadas de atención a infancia y adolescencia, en materia de prevención, asistencia e integración social relacionados con problemas
de salud Mental y adicciones.
El artículo 25 de la Ley 4/2023, de 22 de marzo, recoge el Derecho al desarrollo de la
competencia digital y la ciudadanía digital y al uso responsable y seguro de Internet. Para
ello dispone que la Comunidad de Madrid adoptará todas las medidas necesarias para desarrollar los derechos de los niños en relación con el entorno digital, fomentará un uso de
los medios digitales que sea responsable, seguro y respetuoso con la dignidad humana, los
valores constitucionales y los derechos fundamentales, en particular con el respeto y la garantía de la intimidad personal y familiar, la protección de datos personales de acuerdo con
lo previsto en la legislación vigente, y la protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia y los contenidos perjudiciales.
De igual modo, este artículo también dispone que la Comunidad de Madrid promoverá
acciones de información, difusión y concienciación dirigidas a los padres, tutores o guardadores, con el fin de lograr las competencias digitales básicas necesarias para la enseñanza y transmisión de buenas prácticas de uso de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.
Finalmente, el artículo 71, dentro de las actuaciones de prevención en el ámbito socio
sanitario recoge la prevención y tratamiento de los problemas asociados a la salud mental,
trastornos de conducta, trastornos de la conducta alimentaria y adicciones, previendo la dotación de recursos suficientes y especializados para la atención a la salud mental infantil.
Segundo
Que, de conformidad con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid; Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y Decreto 241/2023,
de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales corresponden a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, entre otras, la competencia para el desarrollo general, la coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno en los ámbitos de infancia y familia, entre otros, y a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento
de la Natalidad las atribuciones relativas a la familia, protección de la infancia y la adolescencia y fomento de la natalidad y, en particular, el impulso de políticas sociales en relación con
la infancia y la familia, especialmente las referidas a su protección cuando se encuentren en situación o riesgo de exclusión social, necesidad o de vulnerabilidad social, desde criterios de
igualdad, solidaridad y defensa del interés superior del menor, en colaboración, en su caso, con
las administraciones locales y con entidades privadas, así como la coordinación territorial de la
ejecución de los servicios y programas que se desarrollen en esta materia, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a otras administraciones públicas.
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, a través de la Dirección General de Infancia Familia y Fomento de la Natalidad, en el ejercicio de estas competencias
desarrolla diversas actuaciones para promover la intervención especializada con niños y sus
familias y la orientación, formación y sensibilización en relación con el uso de las tecnologías de la relación, información y comunicación (en adelante, TRICs). Para ello cuenta con
el Servicio psicopedagógico de intervención especializada en adicciones a las nuevas tecnologías a adolescentes y sus familias (en adelante, SAAT).
Las tecnologías de la relación, la información y la comunicación ofrecen infinitas posibilidades, pero también conllevan graves riesgos derivados de su abuso y su uso inadecuado sobre todo cuando este se produce por parte de los niños. El uso abusivo o inadecuado de las TRICs está relacionado con dificultades en las relaciones sociales con sus iguales,
perdida de interés por los estudios y otras actividades anteriormente estimulantes, establecer relaciones exclusivamente on-line o tener problemas en la convivencia familiar.
Desde 2019 la Comunidad de Madrid cuenta con un recurso, pionero en este ámbito,
el SAAT, Servicio Psicopedagógico de Atención en Adicciones Tecnológicas a adolescentes y sus familias, que surgió ante la necesidad de sensibilización sobre las consecuencias
del uso desregulado de las tecnologías en la salud, las relaciones y hábitos de los más jóvenes y para dar respuesta a la demanda social en torno al impacto que las tecnologías tienen
sobre los adolescentes.
BOCM-20241202-46
Tercero
B.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
Pág. 181
el bienestar psicológico y la vida de los niños, así como programas de formación dirigidos
a los profesionales de instituciones públicas y privadas de atención a infancia y adolescencia, en materia de prevención, asistencia e integración social relacionados con problemas
de salud Mental y adicciones.
El artículo 25 de la Ley 4/2023, de 22 de marzo, recoge el Derecho al desarrollo de la
competencia digital y la ciudadanía digital y al uso responsable y seguro de Internet. Para
ello dispone que la Comunidad de Madrid adoptará todas las medidas necesarias para desarrollar los derechos de los niños en relación con el entorno digital, fomentará un uso de
los medios digitales que sea responsable, seguro y respetuoso con la dignidad humana, los
valores constitucionales y los derechos fundamentales, en particular con el respeto y la garantía de la intimidad personal y familiar, la protección de datos personales de acuerdo con
lo previsto en la legislación vigente, y la protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia y los contenidos perjudiciales.
De igual modo, este artículo también dispone que la Comunidad de Madrid promoverá
acciones de información, difusión y concienciación dirigidas a los padres, tutores o guardadores, con el fin de lograr las competencias digitales básicas necesarias para la enseñanza y transmisión de buenas prácticas de uso de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.
Finalmente, el artículo 71, dentro de las actuaciones de prevención en el ámbito socio
sanitario recoge la prevención y tratamiento de los problemas asociados a la salud mental,
trastornos de conducta, trastornos de la conducta alimentaria y adicciones, previendo la dotación de recursos suficientes y especializados para la atención a la salud mental infantil.
Segundo
Que, de conformidad con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid; Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y Decreto 241/2023,
de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales corresponden a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, entre otras, la competencia para el desarrollo general, la coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno en los ámbitos de infancia y familia, entre otros, y a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento
de la Natalidad las atribuciones relativas a la familia, protección de la infancia y la adolescencia y fomento de la natalidad y, en particular, el impulso de políticas sociales en relación con
la infancia y la familia, especialmente las referidas a su protección cuando se encuentren en situación o riesgo de exclusión social, necesidad o de vulnerabilidad social, desde criterios de
igualdad, solidaridad y defensa del interés superior del menor, en colaboración, en su caso, con
las administraciones locales y con entidades privadas, así como la coordinación territorial de la
ejecución de los servicios y programas que se desarrollen en esta materia, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a otras administraciones públicas.
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, a través de la Dirección General de Infancia Familia y Fomento de la Natalidad, en el ejercicio de estas competencias
desarrolla diversas actuaciones para promover la intervención especializada con niños y sus
familias y la orientación, formación y sensibilización en relación con el uso de las tecnologías de la relación, información y comunicación (en adelante, TRICs). Para ello cuenta con
el Servicio psicopedagógico de intervención especializada en adicciones a las nuevas tecnologías a adolescentes y sus familias (en adelante, SAAT).
Las tecnologías de la relación, la información y la comunicación ofrecen infinitas posibilidades, pero también conllevan graves riesgos derivados de su abuso y su uso inadecuado sobre todo cuando este se produce por parte de los niños. El uso abusivo o inadecuado de las TRICs está relacionado con dificultades en las relaciones sociales con sus iguales,
perdida de interés por los estudios y otras actividades anteriormente estimulantes, establecer relaciones exclusivamente on-line o tener problemas en la convivencia familiar.
Desde 2019 la Comunidad de Madrid cuenta con un recurso, pionero en este ámbito,
el SAAT, Servicio Psicopedagógico de Atención en Adicciones Tecnológicas a adolescentes y sus familias, que surgió ante la necesidad de sensibilización sobre las consecuencias
del uso desregulado de las tecnologías en la salud, las relaciones y hábitos de los más jóvenes y para dar respuesta a la demanda social en torno al impacto que las tecnologías tienen
sobre los adolescentes.
BOCM-20241202-46
Tercero