D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241202-50)
Convenio – Adenda de 8 de noviembre de 2024, de modificación y prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Valdelaguna, para articular la atención a personas mayores en el Centro Municipal del Mayor Valdelaguna
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BOCM
Pág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 287
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
50
ADENDA de 8 de noviembre de 2024, de modificación y prórroga del Convenio
de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Valdelaguna, para
articular la atención a personas mayores en el Centro Municipal del Mayor Valdelaguna.
Madrid, a 8 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Pablo Morate Haro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valdelaguna
elegido en sesión constitutiva de esa Corporación Municipal de fecha 17 de junio de 2023, en
nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las atribuciones
que le confiere el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local
de la Comunidad de Madrid, y en el marco de las competencias atribuidas a los municipios en
materia de Servicios Sociales por el artículo 11.d) de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de
Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 y disposición adicional primera de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de modificación y
prórroga.
EXPONEN
I
Que el 30 de noviembre de 2023, suscribieron convenio de colaboración para articular
la atención a personas mayores en el Centro Municipal del Mayor de Valdelaguna para el
año 2024, con un plazo de vigencia de un año, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2024.
Que ambas partes desean continuar colaborando durante el ejercicio de 2025 en la gestión de los servicios de atención a las personas dependientes en el centro de día municipal
de Valdelaguna.
Que el punto 3 de la cláusula décima del Convenio suscrito permite su modificación,
entre otros aspectos, para ampliar el número de plazas objeto de convenio.
III
Que es interés común de ambas partes, siempre dentro de los límites presupuestarios
existentes, incrementar el número de plazas de centro de día en el centro de titularidad municipal de Valdelaguna, con objeto de atender al mayor número posible de usuarios.
BOCM-20241202-50
II
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 287
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
50
ADENDA de 8 de noviembre de 2024, de modificación y prórroga del Convenio
de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Valdelaguna, para
articular la atención a personas mayores en el Centro Municipal del Mayor Valdelaguna.
Madrid, a 8 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Pablo Morate Haro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valdelaguna
elegido en sesión constitutiva de esa Corporación Municipal de fecha 17 de junio de 2023, en
nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las atribuciones
que le confiere el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local
de la Comunidad de Madrid, y en el marco de las competencias atribuidas a los municipios en
materia de Servicios Sociales por el artículo 11.d) de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de
Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 y disposición adicional primera de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de modificación y
prórroga.
EXPONEN
I
Que el 30 de noviembre de 2023, suscribieron convenio de colaboración para articular
la atención a personas mayores en el Centro Municipal del Mayor de Valdelaguna para el
año 2024, con un plazo de vigencia de un año, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2024.
Que ambas partes desean continuar colaborando durante el ejercicio de 2025 en la gestión de los servicios de atención a las personas dependientes en el centro de día municipal
de Valdelaguna.
Que el punto 3 de la cláusula décima del Convenio suscrito permite su modificación,
entre otros aspectos, para ampliar el número de plazas objeto de convenio.
III
Que es interés común de ambas partes, siempre dentro de los límites presupuestarios
existentes, incrementar el número de plazas de centro de día en el centro de titularidad municipal de Valdelaguna, con objeto de atender al mayor número posible de usuarios.
BOCM-20241202-50
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