C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241129-27)
Plan estratégico subvenciones – Orden 2181/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2025
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BOCM
Pág. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 285
ductoras en el sector cultural, así como artistas y creadores a través de las correspondientes
convocatorias públicas vigentes en 2024, en régimen de concurrencia competitiva, bajo los
principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas pretende conseguir los siguientes efectos:
1. Promocionar la creación y producción madrileña en sus diferentes vertientes, tanto nacional como internacionalmente.
2. Presentar, difundir y promocionar la cultura tradicional de nuestra región.
3. Incrementar la audiencia de las actividades culturales que tienen lugar en nuestra región.
4. Captar nuevos públicos para las artes escénicas, la música, y las artes audiovisuales y cinematográficas.
5. Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y su acercamiento a los ciudadanos.
6. Apoyar a los artistas residentes en la región en la realización de proyectos originales de creación, con la finalidad de dar a conocer su obra y reconocer el trabajo desarrollado, así como favorecer la formación, la movilidad y los contactos internacionales de los
artistas y comisarios.
7. Potenciar las industrias culturales y creativas (ICC) en el ámbito de la Comunidad
de Madrid.
En cumplimiento de sus atribuciones, y al objeto de proteger, fomentar y promocionar
dichas actividades, la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas establecerá las
líneas de subvención que más adelante se detallan, en sus dos ámbitos competenciales:
— Bellas Artes: museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa.
— Promoción Cultural: artes escénicas, circenses, musicales, cinematográficas y audiovisuales, videojuegos, así como industrias culturales y creativas (ICC).
SUBVENCIONES EN MATERIA DE MUSEOS, EXPOSICIONES, ARTES
VISUALES Y MODA COMO DISCIPLINA CREATIVA
I. Normativa específica
La Ley 9/1999, de 9 de abril, de Museos de la Comunidad de Madrid, establece en su
artículo 6.1, que la Comunidad de Madrid fomentará la creación de museos municipales de
carácter fundamentalmente pedagógico, en especial aquellos que ofrezcan por sus criterios,
planteamientos y contenido temático una visión representativa y rigurosa de la historia, las
costumbres, las tradiciones, la cultura, las características humanas y naturales o la riqueza
patrimonial de los pueblos de la Comunidad de Madrid y contribuirá a su mantenimiento y
desarrollo mediante ayudas y asistencia técnica. Asimismo, el artículo 8.4 dispone que la
Comunidad de Madrid promoverá la cooperación con otras instituciones museísticas, estableciendo a tal efecto los oportunos convenios o acuerdos.
Por otra parte, el mencionado Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, determina en su artículo 7.o, que corresponden a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas las
competencias previstas en la referida Ley 9/1999, de 9 de abril, así como la colaboración con
entidades públicas o privadas en la organización de exposiciones, y el fomento y promoción
de las artes visuales, en especial la pintura, la escultura, la fotografía, la videocreación, las instalaciones y las “performances”, así como la promoción, seguimiento y difusión de la moda
como disciplina creativa.
Esta Dirección General gestiona estas ayudas mediante la concesión de subvenciones
con asignación nominativa y mediante la concesión de subvenciones de concurrencia competitiva previa publicación de las convocatorias correspondientes.
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo al crédito de las partidas que integran el capítulo IV del programa 333A (Museos y Exposiciones) por un importe máximo de 962.500 euros,
correspondiente a la suma de las distintas convocatorias de subvención y consignaciones de carácter nominativo que se desglosan en los siguientes apartados.
BOCM-20241129-27
II. Previsión presupuestaria
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 285
ductoras en el sector cultural, así como artistas y creadores a través de las correspondientes
convocatorias públicas vigentes en 2024, en régimen de concurrencia competitiva, bajo los
principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas pretende conseguir los siguientes efectos:
1. Promocionar la creación y producción madrileña en sus diferentes vertientes, tanto nacional como internacionalmente.
2. Presentar, difundir y promocionar la cultura tradicional de nuestra región.
3. Incrementar la audiencia de las actividades culturales que tienen lugar en nuestra región.
4. Captar nuevos públicos para las artes escénicas, la música, y las artes audiovisuales y cinematográficas.
5. Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y su acercamiento a los ciudadanos.
6. Apoyar a los artistas residentes en la región en la realización de proyectos originales de creación, con la finalidad de dar a conocer su obra y reconocer el trabajo desarrollado, así como favorecer la formación, la movilidad y los contactos internacionales de los
artistas y comisarios.
7. Potenciar las industrias culturales y creativas (ICC) en el ámbito de la Comunidad
de Madrid.
En cumplimiento de sus atribuciones, y al objeto de proteger, fomentar y promocionar
dichas actividades, la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas establecerá las
líneas de subvención que más adelante se detallan, en sus dos ámbitos competenciales:
— Bellas Artes: museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa.
— Promoción Cultural: artes escénicas, circenses, musicales, cinematográficas y audiovisuales, videojuegos, así como industrias culturales y creativas (ICC).
SUBVENCIONES EN MATERIA DE MUSEOS, EXPOSICIONES, ARTES
VISUALES Y MODA COMO DISCIPLINA CREATIVA
I. Normativa específica
La Ley 9/1999, de 9 de abril, de Museos de la Comunidad de Madrid, establece en su
artículo 6.1, que la Comunidad de Madrid fomentará la creación de museos municipales de
carácter fundamentalmente pedagógico, en especial aquellos que ofrezcan por sus criterios,
planteamientos y contenido temático una visión representativa y rigurosa de la historia, las
costumbres, las tradiciones, la cultura, las características humanas y naturales o la riqueza
patrimonial de los pueblos de la Comunidad de Madrid y contribuirá a su mantenimiento y
desarrollo mediante ayudas y asistencia técnica. Asimismo, el artículo 8.4 dispone que la
Comunidad de Madrid promoverá la cooperación con otras instituciones museísticas, estableciendo a tal efecto los oportunos convenios o acuerdos.
Por otra parte, el mencionado Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, determina en su artículo 7.o, que corresponden a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas las
competencias previstas en la referida Ley 9/1999, de 9 de abril, así como la colaboración con
entidades públicas o privadas en la organización de exposiciones, y el fomento y promoción
de las artes visuales, en especial la pintura, la escultura, la fotografía, la videocreación, las instalaciones y las “performances”, así como la promoción, seguimiento y difusión de la moda
como disciplina creativa.
Esta Dirección General gestiona estas ayudas mediante la concesión de subvenciones
con asignación nominativa y mediante la concesión de subvenciones de concurrencia competitiva previa publicación de las convocatorias correspondientes.
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo al crédito de las partidas que integran el capítulo IV del programa 333A (Museos y Exposiciones) por un importe máximo de 962.500 euros,
correspondiente a la suma de las distintas convocatorias de subvención y consignaciones de carácter nominativo que se desglosan en los siguientes apartados.
BOCM-20241129-27
II. Previsión presupuestaria