Boadilla del Monte (BOCM-20241129-58)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 285

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58

BOADILLA DEL MONTE

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio número 4271/2024, de 18 de noviembre, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Elevar a definitiva la relación provisional de personas aspirantes admitidas y
excluidas aprobada por decreto número 2593/2024, de 3 de julio, del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177, de 26 de julio de 2024), en el proceso selectivo convocado
para la provisión definitiva, por concurso general de méritos, de un puesto de personal funcionario de Gestor Administrativo, adscrito a la Unidad Orgánica “0210 Secretaría General”,
Grupo C, Subgrupo C1, Nivel de Complemento de Destino 20, correspondiente a una plaza
de la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, del Ayuntamiento de
Boadilla del Monte, todo ello en base a lo dispuesto en la base 4.3.a de las específicas que rigen la convocatoria.
2.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y en su página web municipal.
3.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede
ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto
recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por
no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
En Boadilla del Monte, a 19 de noviembre de 2024.—El primer teniente de alcaldedelegado de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.
(03/19.063/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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