B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241129-7)
Directores centros docentes – Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 285
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 35
Tercera
Relación de centros ofertados
La relación de centros ofertados para los que se convoca procedimiento para la renovación y la selección de directores figuran en el Anexo I y Anexo II respectivamente de la
presente resolución.
Si con posterioridad a la publicación de la presente resolución y con anterioridad a la
publicación de los listados definitivos de admitidos y excluidos al proceso de renovación,
hubieran surgido nuevas necesidades de cobertura de puestos de dirección, la Dirección General de Recursos Humanos, hará pública una relación con las nuevas vacantes a cubrir que
se publicará al día siguiente a la publicación de la relación definitiva de admitidos y excluidos a que se hace alusión en la base 5.4.3 de esta resolución, con aquellos centros, si los hubiera, cuya necesidad de cobertura del puesto de dirección se haya conocido. En tal caso, la
nueva relación de centros vacantes se publicará en el portal de la Comunidad de Madrid, en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/renovacion-seleccion-directores-24-25
También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos,
a través del portal “personal + educación” ( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ),
siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Renovación y selección de Directores”.
Para la cobertura de dichas vacantes se seguirá el procedimiento de selección de directores establecido en la presente resolución.
Cuarta
4.1. Plazos.
Los plazos para la presentación de solicitudes serán los siguientes según proceda:
a) Renovación: el plazo para presentar solicitud para la renovación de los mandatos
de dirección en los centros incluidos en el Anexo I, así como la presentación de la
actualización del proyecto de dirección, será desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución hasta el día 13 de enero de 2025.
b) Selección: el plazo para presentar solicitud para el procedimiento de selección en
los centros incluidos en el Anexo II, así como la documentación adjunta susceptible de ser baremada, incluido el proyecto de dirección, será desde el día siguiente
a la publicación de la presente resolución hasta el día 13 de enero de 2025.
c) Selección: nueva relación de vacantes: para las nuevas necesidades de cobertura
de puestos de dirección a las que se hace alusión en la base tercera de esta resolución, el plazo para presentar solicitud, así como la documentación adjunta susceptible de ser baremada, incluido el proyecto de dirección, será de 20 días hábiles, a
partir del día siguiente al de la publicación de la citada relación de centros.
La fecha límite para aportar la documentación será la del día de finalización del plazo
para presentar las solicitudes de participación. No se tendrá en cuenta la documentación
aportada fuera de plazo.
Asimismo, en los procesos de selección no deberá presentarse, en el plazo establecido
en esta base, la documentación acreditativa de haber realizado el programa de formación
sobre competencias para el desempeño de la función directiva, o en su caso, la actualización de dicha formación, ya que la misma deberá aportarse una vez publicada la resolución
provisional de seleccionados, según se dispone en la base Decimoctava de la presente resolución. La presentación de tal documentación en este momento procedimental carecerá de
efectos y tendrá la consideración de presentada fuera de plazo a los efectos de lo dispuesto
en la mencionada base decimoctava.
4.2. Solicitudes.
La Dirección General de Recursos Humanos es el órgano competente para la tramitación de las solicitudes, así como para resolver cuantas incidencias se susciten durante el desarrollo del procedimiento.
4.3. Presentación de solicitudes.
La presentación obligatoria de la solicitud de participación, dependiendo del procedimiento a que corresponda (renovación o selección), se cumplimentará exclusivamente por
medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de
BOCM-20241129-7
Plazos, presentación de solicitudes, documentación a aportar y concurrencia de solicitudes
B.O.C.M. Núm. 285
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 35
Tercera
Relación de centros ofertados
La relación de centros ofertados para los que se convoca procedimiento para la renovación y la selección de directores figuran en el Anexo I y Anexo II respectivamente de la
presente resolución.
Si con posterioridad a la publicación de la presente resolución y con anterioridad a la
publicación de los listados definitivos de admitidos y excluidos al proceso de renovación,
hubieran surgido nuevas necesidades de cobertura de puestos de dirección, la Dirección General de Recursos Humanos, hará pública una relación con las nuevas vacantes a cubrir que
se publicará al día siguiente a la publicación de la relación definitiva de admitidos y excluidos a que se hace alusión en la base 5.4.3 de esta resolución, con aquellos centros, si los hubiera, cuya necesidad de cobertura del puesto de dirección se haya conocido. En tal caso, la
nueva relación de centros vacantes se publicará en el portal de la Comunidad de Madrid, en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/renovacion-seleccion-directores-24-25
También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos,
a través del portal “personal + educación” ( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ),
siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Renovación y selección de Directores”.
Para la cobertura de dichas vacantes se seguirá el procedimiento de selección de directores establecido en la presente resolución.
Cuarta
4.1. Plazos.
Los plazos para la presentación de solicitudes serán los siguientes según proceda:
a) Renovación: el plazo para presentar solicitud para la renovación de los mandatos
de dirección en los centros incluidos en el Anexo I, así como la presentación de la
actualización del proyecto de dirección, será desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución hasta el día 13 de enero de 2025.
b) Selección: el plazo para presentar solicitud para el procedimiento de selección en
los centros incluidos en el Anexo II, así como la documentación adjunta susceptible de ser baremada, incluido el proyecto de dirección, será desde el día siguiente
a la publicación de la presente resolución hasta el día 13 de enero de 2025.
c) Selección: nueva relación de vacantes: para las nuevas necesidades de cobertura
de puestos de dirección a las que se hace alusión en la base tercera de esta resolución, el plazo para presentar solicitud, así como la documentación adjunta susceptible de ser baremada, incluido el proyecto de dirección, será de 20 días hábiles, a
partir del día siguiente al de la publicación de la citada relación de centros.
La fecha límite para aportar la documentación será la del día de finalización del plazo
para presentar las solicitudes de participación. No se tendrá en cuenta la documentación
aportada fuera de plazo.
Asimismo, en los procesos de selección no deberá presentarse, en el plazo establecido
en esta base, la documentación acreditativa de haber realizado el programa de formación
sobre competencias para el desempeño de la función directiva, o en su caso, la actualización de dicha formación, ya que la misma deberá aportarse una vez publicada la resolución
provisional de seleccionados, según se dispone en la base Decimoctava de la presente resolución. La presentación de tal documentación en este momento procedimental carecerá de
efectos y tendrá la consideración de presentada fuera de plazo a los efectos de lo dispuesto
en la mencionada base decimoctava.
4.2. Solicitudes.
La Dirección General de Recursos Humanos es el órgano competente para la tramitación de las solicitudes, así como para resolver cuantas incidencias se susciten durante el desarrollo del procedimiento.
4.3. Presentación de solicitudes.
La presentación obligatoria de la solicitud de participación, dependiendo del procedimiento a que corresponda (renovación o selección), se cumplimentará exclusivamente por
medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de
BOCM-20241129-7
Plazos, presentación de solicitudes, documentación a aportar y concurrencia de solicitudes