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Convenio –  Convenio de 29 de octubre de 2024, entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, la Comunidad de Madrid y la Universidad Antonio de Nebrija para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 285

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024

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emprendimiento, creatividad e innovación y dando respuesta al compromiso con la transformación económica basada en la sociedad del conocimiento.
Décimo
El presente convenio se ajusta al modelo de Convenio Prácticum aprobado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
Undécimo
Es deseo de las instituciones firmantes la organización de prácticas externas en juzgados y tribunales en la forma que se detalla en la parte dispositiva de este convenio, por considerar que esta actividad puede resultar de gran interés para la formación de profesionales
que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de Justicia, lo que
redundará en una mayor calidad de la misma.
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la Universidad Antonio de Nebrija pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de la Comunidad de Madrid de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera

Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas curriculares
y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado matriculado en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o máster que imparte la Universidad Antonio de Nebrija y siempre de titulaciones relacionadas con profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y tribunales de la Comunidad de Madrid.
Por un lado, la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior se compromete a permitir
la realización de las prácticas externas objeto del presente convenio, así como a facilitar el
acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y tribunales.
Por otro lado, la Universidad Antonio de Nebrija se compromete a que la persona o
personas que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de los
siguientes derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad Antonio de Nebrija que sea de aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad Antonio de Nebrija que certifique su actividad como
tutor/a de estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así como
del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Comunidad de Madrid estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas
externas, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de la Universidad Antonio de Nebrija o concesión de indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y al
Consejo General del Poder Judicial mediante la cesión de aulas, otorgando una autorización
de uso de las aulas de carácter gratuito, dentro de los espacios gestionados por la Universidad y dependiendo de sus necesidades docentes, con la excepción de los gastos extraordinarios en los que se pudiera incurrir, tales como gastos de seguridad, portería, limpieza, líneas de voz y datos, iluminación o vigilancia, con ocasión de la celebración de pruebas

BOCM-20241129-29

Objeto y compromisos de las partes