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Convenio –  Adenda de 5 de noviembre de 2024 de segunda prórroga y modificación del convenio entre la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local y la Fundació General de la Universitat de València para la colaboración en la información y difusión de los programas europeos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 168

VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 285

Quinto
Que, las partes manifiestan su satisfacción por los resultados obtenidos en la colaboración desarrollada considerando necesario realizar la segunda prórroga del convenio cuyas obligaciones asumidas se entienden vigentes, según lo que se indica en los apartados siguientes y con las modificaciones que asimismo se contienen.
En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho Convenio, las partes firmantes de esta segunda adenda de prórroga y modificación, estiman de
interés mutuo y necesario continuar con dicha colaboración de conformidad a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la prórroga y vigencia
Las partes firmantes acuerdan mediante la presente Adenda la segunda prórroga del
convenio firmado en fecha 23 de diciembre de 2022. La vigencia de la prórroga se extenderá desde el día 1 de diciembre de 2024 hasta el 30 de noviembre de 2025.
Segunda
Modificación de la cláusula sexta del convenio
Las partes firmantes acuerdan la modificación de la cláusula sexta punto 1, relativa a
la vigencia, modificación y extinción del Convenio.
El punto 1 de la cláusula recoge que el convenio será prorrogable hasta un máximo de
cuatro años adicionales, mediante la celebración de sucesivas prórrogas de un año de duración cada una y que se formalizarán por acuerdo expreso de las partes con un mes de antelación a la finalización de su vigencia, acordándose mediante la presente Adenda la modificación del punto 1 de la cláusula sexta, quedando la redacción como sigue:
“El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma que no será anterior
al día 21 de diciembre de 2022 y estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2023, siendo
prorrogable hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante la celebración de sucesivas prórrogas de un año de duración cada una y que se formalizarán por acuerdo expreso
de las partes antes de la finalización de su vigencia”.
Tercera
Obligaciones y efectos
Las partes intervinientes, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.
Las obligaciones y compromisos asumidas por las partes en el convenio suscrito el 23
diciembre de 2022 así como la modificación objeto de la presente Adenda, se entenderán
vigentes a partir de la fecha de efectos de la prórroga, esto es 1 de diciembre de 2024.
Cuarta
Régimen jurídico

En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman
esta Adenda de prórroga y modificación, en el lugar señalado en el encabezamiento y a la
fecha de la última de las firmas.
En Madrid, a 5 de noviembre de 2024.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—La Presidenta de la Fundaciò General de
la Universitat de València, María Vicenta Mestre Escrivá.
(03/18.658/24)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20241129-32

Esta adenda se rige por lo dispuesto en la normativa de aplicación en el momento de
la firma del Convenio.