D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20241129-33)
Convenio – Adenda de 5 de noviembre de 2024, de primera prórroga y modificaciones al convenio entre la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid y la Fundación +34 para la atención a los madrileños en el exterior
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BOCM
Pág. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 285
te formalización de la correspondiente adenda, y, en caso de que en el momento de formalización de la prórroga se desee modificar por los firmantes el contenido del convenio, se
tramitará conjuntamente con ésta una adenda que recogerá dichos cambios.
Cuarto
Que la experiencia en la interpretación a la hora de justificar el convenio, ha puesto de
manifiesto que la redacción del apartado d) de la cláusula quinta del convenio, daba lugar
a confusión, por lo que se estima necesario una nueva redacción del mismo.
Quinto
Que las partes manifiestan su satisfacción por los resultados obtenidos en la colaboración desarrollada considerando necesario realizar la primera prórroga del convenio cuyas
obligaciones asumidas se entienden vigentes, según lo que se indica en los apartados siguientes y con las modificaciones que asimismo se contienen.
Sexto
Que a la vista de los buenos resultados obtenidos y teniendo en cuenta el notable incremento de los costes de los bienes y servicios prestados, y en especial de los costes de medios de transporte, las partes entienden la necesidad de incrementar la aportación de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, para el desarrollo adecuado de los
fines del convenio.
En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho convenio, las partes firmantes de esta primera adenda de prórroga y modificación, estiman de
interés mutuo y necesario continuar con dicha colaboración de conformidad a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la prórroga y vigencia
Las partes firmantes acuerdan mediante la presente Adenda la prórroga del convenio
firmado en fecha 10 de noviembre de 2023, así como las modificaciones que en las siguientes cláusulas se recogen.
Los efectos de la presente Adenda se extenderán desde el 1 de diciembre de 2024 hasta el 30 de noviembre de 2025.
Segunda
Modificación de la cláusula cuarta del convenio
Se modifica el párrafo primero del punto 1 de la cláusula cuarta que queda redactada
de la siguiente manera:
“Cuarta
Obligaciones económicas de las partes
BOCM-20241129-33
1. La Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de
Madrid participará en el coste de los compromisos comprendidos en este convenio
con la aportación económica máxima de sesenta mil euros (60.000 euros) anuales”.
Pág. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 285
te formalización de la correspondiente adenda, y, en caso de que en el momento de formalización de la prórroga se desee modificar por los firmantes el contenido del convenio, se
tramitará conjuntamente con ésta una adenda que recogerá dichos cambios.
Cuarto
Que la experiencia en la interpretación a la hora de justificar el convenio, ha puesto de
manifiesto que la redacción del apartado d) de la cláusula quinta del convenio, daba lugar
a confusión, por lo que se estima necesario una nueva redacción del mismo.
Quinto
Que las partes manifiestan su satisfacción por los resultados obtenidos en la colaboración desarrollada considerando necesario realizar la primera prórroga del convenio cuyas
obligaciones asumidas se entienden vigentes, según lo que se indica en los apartados siguientes y con las modificaciones que asimismo se contienen.
Sexto
Que a la vista de los buenos resultados obtenidos y teniendo en cuenta el notable incremento de los costes de los bienes y servicios prestados, y en especial de los costes de medios de transporte, las partes entienden la necesidad de incrementar la aportación de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, para el desarrollo adecuado de los
fines del convenio.
En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho convenio, las partes firmantes de esta primera adenda de prórroga y modificación, estiman de
interés mutuo y necesario continuar con dicha colaboración de conformidad a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la prórroga y vigencia
Las partes firmantes acuerdan mediante la presente Adenda la prórroga del convenio
firmado en fecha 10 de noviembre de 2023, así como las modificaciones que en las siguientes cláusulas se recogen.
Los efectos de la presente Adenda se extenderán desde el 1 de diciembre de 2024 hasta el 30 de noviembre de 2025.
Segunda
Modificación de la cláusula cuarta del convenio
Se modifica el párrafo primero del punto 1 de la cláusula cuarta que queda redactada
de la siguiente manera:
“Cuarta
Obligaciones económicas de las partes
BOCM-20241129-33
1. La Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de
Madrid participará en el coste de los compromisos comprendidos en este convenio
con la aportación económica máxima de sesenta mil euros (60.000 euros) anuales”.