C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241128-22)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 3949/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establece el procedimiento de concesión de la ayuda complementaria a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad de Madrid y se declara el importe del crédito presupuestario disponible para financiar las pólizas suscritas entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, así como posibles regularizaciones de pólizas vigentes
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 284
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 179
— Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
— Plan de Seguros Agrarios Combinados que se apruebe cada año.
— Convenio suscrito con ENESA de 29 de octubre de 2021.
— (y) Convenio de colaboración suscrito entre la Agrupación Española de Entidades
Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S. A. (Agroseguro) y la Comunidad de Madrid para la gestión de estas ayudas de 2 de julio de 2021.
Quinto
Cuantía y financiación de las ayudas
La cuantía de la ayuda a conceder por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura
e Interior consistirá en un porcentaje sobre el recibo de prima de la póliza inicial y sus posteriores modificaciones.
1.1.
Seguros para producciones agrícolas y forestales:
Línea 307: Explotaciones de hortalizas al aire libre, ciclo otoño-invierno Península y
Comunidad Autónoma de Islas Baleares.
Línea 309: Explotaciones cultivos herbáceos extensivos.
Línea 310: Explotaciones de frutos secos.
Línea 312: Uva de vinificación en Península y CCAA de Islas Baleares.
Línea 314: Explotaciones olivareras.
Línea 315: Explotaciones cultivos forrajeros.
Línea 318: Hortalizas aire libre, ciclo primavera-verano Península y CCAA de Islas
Baleares.
Línea 319: Explotaciones forestales.
Línea 326: Explotaciones de cultivos industriales no textiles.
Línea 330: Explotaciones de ajo al aire libre en la Península y en la CCAA de Islas Baleares.
1.2.
Seguros para producciones ganaderas:
Línea 401: Explotaciones de ganado vacuno de reproducción y producción.
Línea 402: Explotaciones de ganado vacuno de cebo.
Línea 403: Explotaciones de ganado vacuno de lidia.
Línea 404: Explotaciones de ganado ovino y caprino.
Línea 407: Explotaciones de ganado aviar de puesta.
Línea 410: Seguro de compensación por pérdida de pastos.
Línea 415: Cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales
muertos en la explotación.
Estas ayudas se concederán con cargo al subconcepto 47399 “A otras empresas Privadas” del Programa 411A del correspondiente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de
Madrid, repartido de la siguiente forma:
Pólizas suscritas entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de diciembre de 2024:
En el supuesto de que se agote el crédito presupuestario disponible para atender las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos, podrá ser ampliado en función
de la disponibilidad presupuestaria mediante la correspondiente orden de ampliación de créditos presupuestarios disponibles. Su tramitación se realizará en la forma establecida en la
Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Sexta
Información complementaria
La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro por el asegurado,
en su nombre, y formalizada con entidades o agentes autorizados integrados en Agroseguro,
tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se realice dentro de
BOCM-20241128-22
— 2024: 0 euros.
— 2025: 665.000 euros.
B.O.C.M. Núm. 284
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 179
— Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
— Plan de Seguros Agrarios Combinados que se apruebe cada año.
— Convenio suscrito con ENESA de 29 de octubre de 2021.
— (y) Convenio de colaboración suscrito entre la Agrupación Española de Entidades
Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S. A. (Agroseguro) y la Comunidad de Madrid para la gestión de estas ayudas de 2 de julio de 2021.
Quinto
Cuantía y financiación de las ayudas
La cuantía de la ayuda a conceder por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura
e Interior consistirá en un porcentaje sobre el recibo de prima de la póliza inicial y sus posteriores modificaciones.
1.1.
Seguros para producciones agrícolas y forestales:
Línea 307: Explotaciones de hortalizas al aire libre, ciclo otoño-invierno Península y
Comunidad Autónoma de Islas Baleares.
Línea 309: Explotaciones cultivos herbáceos extensivos.
Línea 310: Explotaciones de frutos secos.
Línea 312: Uva de vinificación en Península y CCAA de Islas Baleares.
Línea 314: Explotaciones olivareras.
Línea 315: Explotaciones cultivos forrajeros.
Línea 318: Hortalizas aire libre, ciclo primavera-verano Península y CCAA de Islas
Baleares.
Línea 319: Explotaciones forestales.
Línea 326: Explotaciones de cultivos industriales no textiles.
Línea 330: Explotaciones de ajo al aire libre en la Península y en la CCAA de Islas Baleares.
1.2.
Seguros para producciones ganaderas:
Línea 401: Explotaciones de ganado vacuno de reproducción y producción.
Línea 402: Explotaciones de ganado vacuno de cebo.
Línea 403: Explotaciones de ganado vacuno de lidia.
Línea 404: Explotaciones de ganado ovino y caprino.
Línea 407: Explotaciones de ganado aviar de puesta.
Línea 410: Seguro de compensación por pérdida de pastos.
Línea 415: Cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales
muertos en la explotación.
Estas ayudas se concederán con cargo al subconcepto 47399 “A otras empresas Privadas” del Programa 411A del correspondiente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de
Madrid, repartido de la siguiente forma:
Pólizas suscritas entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de diciembre de 2024:
En el supuesto de que se agote el crédito presupuestario disponible para atender las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos, podrá ser ampliado en función
de la disponibilidad presupuestaria mediante la correspondiente orden de ampliación de créditos presupuestarios disponibles. Su tramitación se realizará en la forma establecida en la
Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Sexta
Información complementaria
La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro por el asegurado,
en su nombre, y formalizada con entidades o agentes autorizados integrados en Agroseguro,
tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se realice dentro de
BOCM-20241128-22
— 2024: 0 euros.
— 2025: 665.000 euros.