D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241126-36)
Convenio – Convenio interadministrativo de 5 de noviembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Humanes de Madrid para la prevención y control del absentismo escolar
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 115
ANEXO II
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones
para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades tendrá la consideración de
Responsable del Tratamiento y el Ayuntamiento de Humanes de Madrid tendrá la
consideración de Encargado del Tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y
29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva
95/46/CE (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en
el resto de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal, en el marco de este convenio, se
realiza con el único fin de permitir una adecuada prestación de los servicios y no se
considerará como una cesión o comunicación de datos.
Segunda
Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a
las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera
Objeto del encargo de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita al Ayuntamiento de Humanes de Madrid,
Encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de la Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades, Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios
para desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid para mejorar las situaciones
de riesgo de exclusión social que pueden padecer los colectivos en situación de desventaja
así como la respuesta a las necesidades educativas que presentan para prevenir y controlar
el absentismo escolar del alumnado de entre 6 y 16 años y, con carácter preventivo, en el
segundo ciclo de Educación Infantil, mediante la firma de convenios de colaboración con
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos personales comprenderá: recogida / registro / estructuración
/modificación / conservación /extracción /consulta /comunicación por transmisión / difusión /
interconexión /cotejo/ limitación / destrucción/ supresión / comunicación / y cualquier otro que
requiera el objeto del convenio que se suscribe.
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B.O.C.M. Núm. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 115
ANEXO II
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones
para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades tendrá la consideración de
Responsable del Tratamiento y el Ayuntamiento de Humanes de Madrid tendrá la
consideración de Encargado del Tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y
29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva
95/46/CE (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en
el resto de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal, en el marco de este convenio, se
realiza con el único fin de permitir una adecuada prestación de los servicios y no se
considerará como una cesión o comunicación de datos.
Segunda
Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a
las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera
Objeto del encargo de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita al Ayuntamiento de Humanes de Madrid,
Encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de la Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades, Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios
para desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid para mejorar las situaciones
de riesgo de exclusión social que pueden padecer los colectivos en situación de desventaja
así como la respuesta a las necesidades educativas que presentan para prevenir y controlar
el absentismo escolar del alumnado de entre 6 y 16 años y, con carácter preventivo, en el
segundo ciclo de Educación Infantil, mediante la firma de convenios de colaboración con
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos personales comprenderá: recogida / registro / estructuración
/modificación / conservación /extracción /consulta /comunicación por transmisión / difusión /
interconexión /cotejo/ limitación / destrucción/ supresión / comunicación / y cualquier otro que
requiera el objeto del convenio que se suscribe.
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