D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241126-31)
Convenio – Adenda de 7 de noviembre de 2024, de prórroga y modificación del convenio de 27 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (anteriormente Consejería de Economía, Empleo y Competitividad), y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) para garantizar el funcionamiento del sistema arbitral de consumo en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 282
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
31
ADENDA de 7 de noviembre de 2024, de prórroga y modificación del convenio
de 27 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (anteriormente Consejería de Economía,
Empleo y Competitividad), y la Organización de Consumidores y Usuarios
(OCU) para garantizar el funcionamiento del sistema arbitral de consumo en el
ámbito de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 7 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía y Empleo, nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, hallándose facultado para la firma de la presente adenda según lo dispuesto en el apartado
primero 1.d).4.o de la de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra
el protectorado de fundaciones y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del
Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de
Madrid, en relación con el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de
abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999,
de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, Dña. Esther Rodríguez Uceda, en representación de la Organización de
Consumidores y Usuarios (OCU), con NIF G78047321 y con domicilio social en Madrid,
calle Albarracín, número 21, en virtud de los poderes conferidos por el comité de dirección
de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en reunión celebrada el 9 de julio
de 2019, como consta mediante certificación expedida por el secretario del comité de dirección D. Jesús Motilla Arnaiz y elevados a público en escritura pública autorizada por la Notaria de Madrid M.a del Rosario Algora Wesolowski, en fecha 1 de agosto de 2019,
I. Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y
Competitividad (actualmente Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) suscribieron en fecha 27 de mayo de 2021 un
Convenio con el objeto de establecer un marco de colaboración para garantizar la administración del arbitraje de consumo a los ciudadanos mediante su participación en la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, a través de los correspondientes órganos
arbitrales.
II. Que el convenio tiene una vigencia de tres años, desde el día 1 de enero de 2022
hasta el 31 de diciembre de 2024, pudiéndose prorrogar por un período máximo de cuatro
años adicionales mediante acuerdo expreso de las partes, en virtud de lo previsto en su cláusula octava.
III. Que el convenio ha sido modificado mediante adenda suscrita por las partes el 16
de diciembre de 2023
IV. Que el transcurso del tiempo y la evolución al alza del índice de Precios de Consumo en los últimos años hace necesaria una nueva modificación para la adecuación de las
cantidades abonadas por la Comunidad de Madrid para financiar la prestación del servicio que
realizan los árbitros designados por la entidad. La cantidad actualizada y acordada que abo-
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EXPONEN
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MARTES 26 DE NOVIEMBRE DE 2024
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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31
ADENDA de 7 de noviembre de 2024, de prórroga y modificación del convenio
de 27 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (anteriormente Consejería de Economía,
Empleo y Competitividad), y la Organización de Consumidores y Usuarios
(OCU) para garantizar el funcionamiento del sistema arbitral de consumo en el
ámbito de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 7 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía y Empleo, nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, hallándose facultado para la firma de la presente adenda según lo dispuesto en el apartado
primero 1.d).4.o de la de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra
el protectorado de fundaciones y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del
Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de
Madrid, en relación con el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de
abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999,
de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, Dña. Esther Rodríguez Uceda, en representación de la Organización de
Consumidores y Usuarios (OCU), con NIF G78047321 y con domicilio social en Madrid,
calle Albarracín, número 21, en virtud de los poderes conferidos por el comité de dirección
de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en reunión celebrada el 9 de julio
de 2019, como consta mediante certificación expedida por el secretario del comité de dirección D. Jesús Motilla Arnaiz y elevados a público en escritura pública autorizada por la Notaria de Madrid M.a del Rosario Algora Wesolowski, en fecha 1 de agosto de 2019,
I. Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y
Competitividad (actualmente Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) suscribieron en fecha 27 de mayo de 2021 un
Convenio con el objeto de establecer un marco de colaboración para garantizar la administración del arbitraje de consumo a los ciudadanos mediante su participación en la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, a través de los correspondientes órganos
arbitrales.
II. Que el convenio tiene una vigencia de tres años, desde el día 1 de enero de 2022
hasta el 31 de diciembre de 2024, pudiéndose prorrogar por un período máximo de cuatro
años adicionales mediante acuerdo expreso de las partes, en virtud de lo previsto en su cláusula octava.
III. Que el convenio ha sido modificado mediante adenda suscrita por las partes el 16
de diciembre de 2023
IV. Que el transcurso del tiempo y la evolución al alza del índice de Precios de Consumo en los últimos años hace necesaria una nueva modificación para la adecuación de las
cantidades abonadas por la Comunidad de Madrid para financiar la prestación del servicio que
realizan los árbitros designados por la entidad. La cantidad actualizada y acordada que abo-
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