Pozuelo de Alarcón (BOCM-20241125-92)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 281
Se delega en el titular de la Dirección General de Familia, Política Social y Deportes,
en el ámbito de los asuntos correspondientes a Familia, Servicios Sociales, Mayores, Atención a la Discapacidad, Igualdad, Juventud, Voluntariado y Deportes.
1. Tramitación de los contratos menores en materias propias de su ámbito competencial (excepto contratos de obras), incluyendo la propuesta de inicio del expediente de contratación, la aprobación del gasto y, en consecuencia la autorización y disposición del mismo, y, en su caso, de los pliegos y cualquier otro documento que recoja las condiciones de
la contratación, así como su adjudicación, elevando a la Junta de Gobierno Local una relación mensual de los adjudicados.
2. Adopción de la resolución que proceda en lo relativo a la devolución, cancelación
e incautación de garantías.
3. Autorización y disposición de gastos con cargo a partidas cuya gestión corresponda
en materias propias del Área de Gobierno y de sus concejalías delegadas, inferiores a 15.000
euros más IVA.
4. Aprobación del reajuste de anualidades y liberación del crédito que, en su caso,
proceda respecto a los gastos autorizados o dispuestos por la Junta de Gobierno Local.
5. Evaluación y gestión de las solicitudes de información de los miembros de la Corporación Municipal en el ámbito material de sus competencias.
6. Otorgamiento de licencias o autorizaciones demaniales en materia de su competencia, cuando se utilice un procedimiento de adjudicación previsto en la legislación de contratos del Sector Público así como la legislación de las administraciones públicas.
7. Autorización del uso de espacios públicos ubicados en instalaciones y edificios municipales de servicio público gestionados en su ámbito competencial de Familia, Servicios Sociales, Mayores, Atención a la Discapacidad, Igualdad, Juventud, Voluntariado y Deportes.
8. Incoar, nombrar, en su caso, de Instructor y Secretario para instruir, dictar actos
de trámite y resolver en materias propias de los expedientes sancionadores en materia de
Familia, Servicios Sociales, Mayores, Atención a la Discapacidad, Igualdad, Juventud, Voluntariado y Deportes salvo que por ley estén atribuidos a otro órgano.
9. Cesión onerosa y gratuita de utilización de los espacios educativos.
Con carácter general:
En relación con la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros por parte titular de la Dirección General de Familia, Política Social y Deportes, en
el ámbito de los asuntos correspondientes a Familia, Servicios Sociales, Mayores, Atención
a la Discapacidad, Igualdad, Juventud, Voluntariado y Deportes, en virtud del presente
acuerdo de delegación de competencias, se indica que:
a) La rectificación de errores regulada en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto objeto de rectificación.
b) En los actos y resoluciones que se dicten por delegación se indicará expresamente
esta circunstancia identificando el acuerdo de la Junta de Gobierno Local en que
se funda la misma.
c) Las resoluciones dictadas en virtud de delegación de atribuciones pondrán fin a la
vía administrativa en los mismos casos y términos que correspondería a la actuación del órgano delegante.
d) La competencia para resolver los recursos, si procedieren, corresponderá al órgano administrativo que hubiera dictado el acto objeto de recurso.
3.1. Concejalías delegadas dependientes del Área de Gobierno
Concejalía delegada de Política Social y Mayores
1. Incoar, instruir, dictar actos de trámite y resolver en materias propias del ámbito
de los Servicios de Política Social, Servicios Sociales, Mayores e Igualdad.
2. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra actos de competencia de la Junta de Gobierno Local dictados, por delegación de la misma.
3. Tramitación, concesión y procedimiento de justificación de las subvenciones de
concurrencia competitiva incluida la disposición del gasto en el ámbito competencial de la
Concejalía, debiéndose dar cuenta a la Junta de Gobierno Local de las mismas en el mes
posterior a su concesión.
4. Aprobación de las condiciones y compromisos aplicables y tramitación, concesión y procedimiento de justificación de las subvenciones nominativas en el ámbito com-
BOCM-20241125-92
3.1.1.
Pág. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 281
Se delega en el titular de la Dirección General de Familia, Política Social y Deportes,
en el ámbito de los asuntos correspondientes a Familia, Servicios Sociales, Mayores, Atención a la Discapacidad, Igualdad, Juventud, Voluntariado y Deportes.
1. Tramitación de los contratos menores en materias propias de su ámbito competencial (excepto contratos de obras), incluyendo la propuesta de inicio del expediente de contratación, la aprobación del gasto y, en consecuencia la autorización y disposición del mismo, y, en su caso, de los pliegos y cualquier otro documento que recoja las condiciones de
la contratación, así como su adjudicación, elevando a la Junta de Gobierno Local una relación mensual de los adjudicados.
2. Adopción de la resolución que proceda en lo relativo a la devolución, cancelación
e incautación de garantías.
3. Autorización y disposición de gastos con cargo a partidas cuya gestión corresponda
en materias propias del Área de Gobierno y de sus concejalías delegadas, inferiores a 15.000
euros más IVA.
4. Aprobación del reajuste de anualidades y liberación del crédito que, en su caso,
proceda respecto a los gastos autorizados o dispuestos por la Junta de Gobierno Local.
5. Evaluación y gestión de las solicitudes de información de los miembros de la Corporación Municipal en el ámbito material de sus competencias.
6. Otorgamiento de licencias o autorizaciones demaniales en materia de su competencia, cuando se utilice un procedimiento de adjudicación previsto en la legislación de contratos del Sector Público así como la legislación de las administraciones públicas.
7. Autorización del uso de espacios públicos ubicados en instalaciones y edificios municipales de servicio público gestionados en su ámbito competencial de Familia, Servicios Sociales, Mayores, Atención a la Discapacidad, Igualdad, Juventud, Voluntariado y Deportes.
8. Incoar, nombrar, en su caso, de Instructor y Secretario para instruir, dictar actos
de trámite y resolver en materias propias de los expedientes sancionadores en materia de
Familia, Servicios Sociales, Mayores, Atención a la Discapacidad, Igualdad, Juventud, Voluntariado y Deportes salvo que por ley estén atribuidos a otro órgano.
9. Cesión onerosa y gratuita de utilización de los espacios educativos.
Con carácter general:
En relación con la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros por parte titular de la Dirección General de Familia, Política Social y Deportes, en
el ámbito de los asuntos correspondientes a Familia, Servicios Sociales, Mayores, Atención
a la Discapacidad, Igualdad, Juventud, Voluntariado y Deportes, en virtud del presente
acuerdo de delegación de competencias, se indica que:
a) La rectificación de errores regulada en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto objeto de rectificación.
b) En los actos y resoluciones que se dicten por delegación se indicará expresamente
esta circunstancia identificando el acuerdo de la Junta de Gobierno Local en que
se funda la misma.
c) Las resoluciones dictadas en virtud de delegación de atribuciones pondrán fin a la
vía administrativa en los mismos casos y términos que correspondería a la actuación del órgano delegante.
d) La competencia para resolver los recursos, si procedieren, corresponderá al órgano administrativo que hubiera dictado el acto objeto de recurso.
3.1. Concejalías delegadas dependientes del Área de Gobierno
Concejalía delegada de Política Social y Mayores
1. Incoar, instruir, dictar actos de trámite y resolver en materias propias del ámbito
de los Servicios de Política Social, Servicios Sociales, Mayores e Igualdad.
2. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra actos de competencia de la Junta de Gobierno Local dictados, por delegación de la misma.
3. Tramitación, concesión y procedimiento de justificación de las subvenciones de
concurrencia competitiva incluida la disposición del gasto en el ámbito competencial de la
Concejalía, debiéndose dar cuenta a la Junta de Gobierno Local de las mismas en el mes
posterior a su concesión.
4. Aprobación de las condiciones y compromisos aplicables y tramitación, concesión y procedimiento de justificación de las subvenciones nominativas en el ámbito com-
BOCM-20241125-92
3.1.1.